sábado, 11 de enero de 2020

Modulo 9. Obligaciones civiles y mercantiles, títulos y operaciones de crédito. Contratos en particular. Unidad 1, Actividad integradora S3



Obligaciones civiles y mercantiles, títulos y operaciones de crédito.
Contratos en particular.
Unidad 1, Actividad integradora S3.
Profesor: Lic. Cristina Salgado Remigio.
Alumno: José Rubén Morales Solorio.
Mayo 19.
Introducción:
Es de suma importancia que se pueda conocer los diferentes tipos de contratos que pueden existir, por lo que se continuará analizando y revisando los tipos de contratos más comunes, sus elementos de existencia y validez y sus características.
Desarrollo:
1.    En un documento de texto completa el siguiente cuadro a doble entrada y señala la fundamentación jurídica de lo solicitado sobre los contratos estudiados en la sesión:

Arrendamiento financiero
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Arrendador
1.     El arrendador tiene derecho a ser notificado por escrito por parte del arrendatario con un mes de anticipación de la opción a adoptar. Artículo 410, fracción III, párrafo segundo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
2.     El arrendador tiene derecho a a recibir el pago como contraprestación del contrato de arrendamiento financiero.
3.     En caso de entrega de material, el arrendador tiene derecho a recibir por parte del arrendatario la constancia del recibo de los bienes. Artículo 411 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
4.     “En casos de despojo, perturbación o cualquier acto de terceros, que afecten el uso o goce de los bienes” el arrendador tiene derecho a ser notificado de estas eventualidades por parte del arrendatario. Artículo 415, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
5.     En caso de que no se efectúe adecuadamente las acciones o defensas del supuesto del punto anterior, el arrendador tendrá derecho a “podrá ejercitar
directamente dichas acciones o defensas, sin perjuicio de las que realice el arrendatario” Artículo 415, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.





Arrendamiento financiero
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Arrendatario
1.     El arrendatario tiene derecho a “La compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición”. Artículo 410, fracción I de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
2.     El arrendatario podrá realizar la prórroga del “plazo para continuar con el uso o goce temporal”. Artículo 410, fracción II de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
3.     En caso de prórroga del contrato, el arrendador podrá pagar al arrendatario “una renta inferior a los pagos periódicos que venía haciendo”. Artículo 410, fracción II de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
4.     El arrendatario podrá tener derecho a “participar con el arrendador en el precio de la venta de los bienes a un tercero”. Artículo 410, fracción III de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
5.     Si en los términos del contrato se estipula, “queda el arrendatario facultado para adoptar la opción terminal al finalizar el plazo obligatorio” Artículo 410, fracción III, párrafo segundo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Arrendamiento financiero
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Arrendador
2.     Realizar la inscripción del contrato ante la “Sección Única del Registro Único de Garantías Mobiliarias del Registro Público de Comercio” Artículo 408, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
3.     Cuando en el contrato se estipule la entrega de material, el “el arrendador estará obligado a entregar al arrendatario los documentos necesarios para que el mismo quede legitimado a fin de recibirlos directamente” Artículo 411, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
4.     “El arrendador estará obligado a legitimar al arrendatario para que, en su representación, ejercite dichas acciones o defensas, cuando ello sea necesario.” Artículo 415, tercer párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
5.     En caso de demanda y para solicitar la posesión de los bienes, el arrendador deberá “acompañar el contrato correspondiente debidamente ratificado ante fedatario público. Artículo 416 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Arrendamiento financiero
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Arrendatario
1.     “Pagar como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según se convenga, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes” Artículo 408 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
2.     Realizar la inscripción del contrato ante la “Sección Única del Registro Único de Garantías Mobiliarias del Registro Público de Comercio” Artículo 408, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
3.     “El arrendatario quedará obligado a pagar al arrendador una cantidad de dinero, determinada o determinable, que cubrirá únicamente el valor de las cargas financieras y demás accesorios de los anticipos hasta en tanto se entregue el bien de que se trate. Artículo 408, tercer párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
4.     Expedir pagares en favor del arrendador “por el importe total del precio pactado, por concepto de renta global” Artículo 409 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
5.     En caso de adoptar alguna de las opciones descritas en el artículo 410, el arrendatario “será responsable de los daños y perjuicios en caso de incumplimiento” Artículo 410, segundo párrafo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.



Contrato de transporte   
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Porteador
1.     Tienen derecho a no responsabilizarse “de las cosas que no se les entreguen a ellos, sino a sus cocheros, marineros, remeros o dependientes, que no estén autorizados para recibirlas”. Artículo 2651 del Código Civil Federal.
2.     Tienen derecho a no responsabilizarse de las faltas que trata el artículo 2653 del CCF en cuanto a las penas.”. Artículo 2654 del Código Civil Federal.
3.     “El porteador, salvo pacto en contrario, puede estipular con otro la conducción de las mercancías” Artículo 577 del Código de Comercio.
4.     En los casos que se prevén en el artículo 579 del Código de Comercio, “el porteador tendrá derecho a que se le pague del porte la parte proporcional respectiva al camino recorrido” Artículo 580 del Código de Comercio.
5.     Tendrá derecho a que se le devuelva la carga, una vez que el contrato ha sido cumplido. Artículo 583, segundo párrafo del Código de Comercio.


Contrato de transporte   
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Alquilador
1.     A que se le responda por “daño causado a las personas por defecto de los
conductores y medios de transporte que empleen” Artículo 2647 del Código Civil Federal.
2.     Igualmente “de la pérdida y de las averías de las cosas” Artículo 2648 del Código Civil Federal.
3.     “también de las omisiones o equivocación que haya en la remisión de efectos, ya sea que no los envíen en el viaje estipulado, ya sea que los envíen a parte distinta de la convenida” Artículo 2649 del Código Civil Federal.
4.     “igualmente, de los daños causados por retardo en el viaje, ya sea al
 comenzarlo o durante su curso, o por mutación de ruta” Artículo 2650 del Código Civil Federal.
5.     A ser indemnizado por el portador, de los “daños y perjuicios, conforme a las prescripciones relativas” Artículo 2654 del Código Civil Federal.


Contrato de transporte   
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Porteador
1.     Deberá responder por el “daño causado a las personas por defecto de los conductores y medios de transporte que empleen” Artículo 2647 del Código Civil Federal.
2.     Deberá responder “de la pérdida y de las averías de las cosas que reciban” Artículo 2648 del Código Civil Federal.
3.     Responder también en las “omisiones o equivocación que haya en la remisión de
efectos” Artículo 2649 del Código Civil Federal.
4.     Responder por “los daños causados por retardo en el viaje” Artículo 2650 del Código Civil Federal.
5.     “Deberá extender al cargador una carta de porte” Artículo 2656 del Código Civil Federal.


Contrato de transporte   
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Alquilador
1.     Si la cosa transportada fuere de naturaleza peligrosa, de mala calidad o no estuviere convenientemente empacada o envasada, y el daño proviniere de alguna de esas circunstancias (…) la responsabilidad será del que contrató con el porteador, tanto por el daño que se cause en la cosa, como por el que reciban el medio de transporte u otras personas u objetos” siempre y cuando el porteador no tuviere conocimiento. Artículo 2658 del Código Civil Federal.
2.     “debe declarar los defectos de la cabalgadura o de cualquier otro medio
de transporte” Artículo 2659 del Código Civil Federal.
3.     Será responsable de “los daños y perjuicios que resulten de la falta de esta declaración. Artículo 2659 del Código Civil Federal.
4.     “Si la cabalgadura muere o se enferma, o si en general se inutiliza el medio de
transporte, la pérdida será de cuenta del alquilador, si no prueba que el daño sobrevino por culpa del otro contratante”. Artículo 2660 del Código Civil Federal.
5.     El destinatario debe recibir las cosas, también debe devolver la carta de porte y, por último, pagar el precio y todos los gastos originados por el transporte en caso de que no lo haya hecho el cargador. (Desarrollo)


Contrato de transporte   
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Cargador
1.     “A variar la consignación de las mercancías mientras estuvieren en camino” Artículo 589, fracción I, del Código de Comercio.
2.     “A variar, dentro de la ruta convenida, el lugar de la entrega de la carga” Artículo 589, fracción II, del Código de Comercio.
3.     A que se cubran los daños y perjuicios que resientan por culpa del porteador. Artículo 590, fracción X, del Código de Comercio.
4.     A recibir de parte del porteador una carta de porte. Artículo 2656 del Código Civil Federal.
5.     A rescindir el contrato “antes o después de comenzarse el viaje, pagando en el primer caso al porteador la mitad, y en el segundo la totalidad del porte” Artículo 2663 del Código Civil Federal.


Contrato de transporte   
Obligaciones de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Cargador
1.     “Entregar las mercancías en las condiciones, lugar y tiempo convenidos” Artículo 588, fracción I, del Código de Comercio.
2.     “Dar los documentos necesarios, así fiscales como municipales para el libre tránsito y pasaje de la carga” Artículo 588, fracción II, del Código de Comercio.
3.     “Sufrir los comisos, multas y demás penas que se le impongan por infracción de las leyes fiscales” Artículo 588, fracción III, del Código de Comercio.
4.     “A sufrir las pérdidas y averías de las mercancías que procedan de vicio propio de ellas o de casos fortuitos” Artículo 588, fracción IV, del Código de Comercio.
5.     “A indemnizar al porteador de todos los daños y perjuicios que por falta de cumplimiento del contrato hubiere sufrido” Artículo 588, fracción V, del Código de Comercio.


Contrato de seguro         
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Asegurado
1.     A recibir por parte de la aseguradora una póliza “en la que consten los derechos y obligaciones de las partes” Artículo 20 y 23 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2.     Podrá pedir rectificación de la póliza si la oferta no concordare. Artículo 25 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
3.     “En los seguros de vida, en los de accidentes y enfermedades, así como en los de daños” el asegurado puede solicitar se parcialice el pago de la prima. Artículo 37 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
4.     “Si la prima se ha fijado en consideración a determinados hechos que agraven el riesgo y estos hechos desaparecen o pierden su importancia en el curso del seguro, el asegurado tendrá derecho a exigir que en los períodos ulteriores se reduzca la prima, conforme a la tarifa respectiva” Artículo 43 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
5.     “El asegurado o sus causahabientes podrán dirigir las comunicaciones a la dirección indicada, a la empresa aseguradora directamente, o a cualquiera de sus agentes” Artículo 74 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.


Contrato de seguro         
Derechos de las partes (cinco puntos por cada sujeto)
Aseguradora
1.     A que el asegurado le declare por escrito “todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas” Artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2.     “Los agentes que sean autorizados por una empresa de seguros para que ellos celebren contratos, podrán recibir las ofertas, rechazar las declaraciones escritas de los proponentes, cobrar las primas vencidas, extender recibos, así como proceder a la comprobación de los siniestros que se realicen” Artículo 14 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
3.     “Exigir, de acuerdo con la tarifa respectiva, o en su defecto, conforme a estimación pericial, el importe de los gastos de expedición de la póliza o de
sus reformas, así como el reembolso de los impuestos que con este motivo se causen” Artículo 22 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
4.     “En el seguro por cuenta de tercero, la empresa aseguradora podrá reclamar del
asegurado el pago de la prima cuando el contratante que obtuvo la póliza resulte insolvente” Artículo 32 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
5.     “La empresa aseguradora tendrá el derecho de compensar las primas y los préstamos sobre pólizas que se le adeuden, con la prestación debida al beneficiario” Artículo 33 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.



Contrato de seguro         
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Asegurado
1.     “Declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas” Artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2.     “Si el contrato se celebra por un representante del asegurado, deberán declararse todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante y del representado” Artículo 9 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
3.     “Estará obligado a pagar la prima en su domicilio” Artículo 31 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
4.     “El asegurado deberá comunicar a la empresa aseguradora las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro, dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que las conozca” Artículo 52 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
5.     “el asegurado conoce o debe conocer toda agravación que emane de actos u omisiones de sus inquilinos, cónyuge, descendientes o cualquier otra persona que, con el consentimiento del asegurado, habite el edificio o tenga en su poder el mueble que fuere materia del seguro” Artículo 53, fracción II de la Ley sobre el Contrato de Seguro.


Contrato de seguro         
Obligaciones de las parte (cinco puntos por cada sujeto)
Aseguradora
1.     “Se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato” Artículo 1 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2.     “Sólo podrán organizarse y funcionar de conformidad con la Ley General de Instituciones de Seguros. Artículo 2 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
3.     “El seguro por cuenta de un tercero obliga a la empresa aseguradora, aun en el caso de que el tercero asegurado ratifique el contrato después del siniestro” Artículo 12 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
4.     “Aun cuando la empresa se reasegure contra los riesgos que hubiere asegurado, seguirá siendo la única responsable respecto al asegurado” Artículo 18 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
5.     “La empresa aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes” Artículo 20 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.


2.    Formula dos situaciones en las que se pudieran plantear contratos atípicos.

·         La contratación de servicios funerarios de un particular a una agencia funeraria, la cual brinda diferentes servicios, como son:
1.- Ataúd opcional.
2.- Capillas ardientes a domicilio.
3.- Plañideras
4.- Traslado en la República Mexicana.
5.- Traslado Internacional.
6.- Internación al País.
7.- Exhumación en otros países.
8.- Exhumación y re-inhumación de restos áridos y
9.- Exhumación prematura.
·         Un contrato de adiestramiento de animales, en el cual un particular contrata los servicios de una escuela de adiestramiento para animales, con el finde educar a su mascota.

3.    Argumenta jurídicamente tus planteamientos.
R= Ambos ejemplos no tienen regulación específica en la legislación del derecho privado, por lo que se hacen contratos a la medida, esto de acuerdo con elartículo 1858 del Código Civil para el Distrito Federal. Por lo que deberán sujetarse a las disposiciones y normas aplicables para contratos atípicos:
Ø  Las reglas generales del contrato incluidas en el propio Código de Comercio.
Ø  Las estipulaciones de las partes.
Ø  Las normas del contrato típico con el que tengan más analogía.

4.    Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
María Martínez, comprara un automóvil Marca Honda, en la de $300,000.00 pesos (Trescientos mil pesos 00/100 M.N), a la empresa Auto fácil SA de CV, ubicada en Ciudad de México.
El vehículo tendrá que pagarlo en un plazo de 36 meses, por lo que tendrá que dar pagos mensuales de $8,000.00 pesos (Ocho mil pesos 00/100 M.N). que incluye el pago y los intereses.
María tiene que dar el enganche de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N).
La empresa podrá demandar a María el pago completo, o en su caso la devolución del automovil en caso de atraso a más de 6 meses de adeudo. Así mismo tendrá que pagar la cantidad de $50.000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N), por concepto de penalización por el incumplimiento del contrato



5.    Identifica el tipo de contrato requerido para el caso.
R= Se requiere un contrato de compraventa de vehículos.

6.    En un documento de texto, redacta el contrato.

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO A CRÉDITO
Contrato de compraventa de un vehículo a crédito celebrado por una parte el señor Jaime Lozano, en su carácter de representante legal de la empresa “Auto fácil SA de CV” como “El vendedor” y por la otra parte, la señora “Maria Martínez” a quien se le denomina “El Comprador” conforme a las declaraciones y cláusulas siguientes:
DECLARACIONES:
I.  Declara “El Vendedor” tener la capacidad física y legal para celebrar el presente contrato y representar a “Auto fácil SA de CV”, que tiene su domicilio en la Calle 603 número 1220, Col San Juan de Aragón, en la Cuidad de México.
II. “El Comprador” declara tener la capacidad física y legal para celebrar el presente contrato y que tiene su domicilio en Av. del Imán número 987, Col Tlalpan, en la Ciudad de México
III.  Ambas partes, están de acuerdo, aceptan sus personalidades en forma recíproca, y quedan acordes en celebrar el presente contrato bajo las siguientes Cláusulas.
CLÁUSULAS:
Primero. - El Vendedor” transferirá “El Comprador” la propiedad del vehículo que a continuación se identifica:
Marca: Honda
Año modelo 2019
Color: Rojo
Número de serie: Q1W2E3R4T5Y6U7I8O9
Número de motor: 987654321
Segunda. - El precio total del vehículo es de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.)
Tercero. – “El Comprador” deberá pagar la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de enganche.
Cuarta. - “El Comprador queda obligado a pagar a “El Vendedor” la cantidad restante en un plazo de 36 meses, haciendo pagos mensuales de $8,000 (Ocho mil pesos 00/100 M.N.) los cuales ya incluyen el pago de los intereses.
Quinta. - “El Vendedor” queda obligado a hacer la transmisión del vehículo en buen estado, “libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio del bien, objeto del presente contrato” (elperito.com, 2018)
Sexta. – “El Vendedor” podrá demandar a “El Comprador” el pago completo, o en su caso la devolución del vehículo en caso de atraso a más de 6 meses de adeudo. Así mismo tendrá que pagar la cantidad de $50.000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N), por concepto de penalización por el incumplimiento del contrato.
Séptima. – “El vendedor se compromete a facilitar los distintos documentos relativos al vehículo”. (mdmseguros.com, 2018)
Octava. - Habiéndose formalizado el presente contrato, “el vendedor entregará materialmente al comprador la posesión del vehículo, haciéndose el comprador responsable de cuantas obligaciones puedan adquirirse por la propiedad del vehículo, su posesión y uso a partir de dicho momento de la entrega” (actualidadmotor.com, 2016)
Novena. - Las partes declaran renunciar a toda jurisdicción y acogerse a la correspondiente a la Cuidad de México para aclarar cualquier controversia resultante del presente contrato. Este acuerdo queda vigente en caso de que hubiera algún cambio de residencia de cualquiera de las partes.
La validez del presente contrato comienza a partir de sus firmas y correspondiendo a la fecha 07 de mayo de 2019, en la Ciudad de México.

____________________________                                       ________________________
      Nombre de “El Comprador”                                                   Nombre de “El Vendedor”
                     Firma                                                                                       Firma


7.    En un documento de texto presenta la siguiente estructura de los contratos estudiados:
Contrato de Arrendamiento Financiero
a.    Elementos de existencia y validez.
Ø Consentimiento.
Ø Objeto
Ø Forma
Ø Registro
Ø Calidad de los sujetos.
Ø Capacidad
Características.
Ø  Traslativo de uso
Ø  Principal
Ø  Bilateral
Ø  Oneroso
Ø  Conmutativo
Ø  Consensual en posición real
Ø  Formal
Ø  De tracto sucesivo

b.    Obligaciones y derechos de las partes.

Derechos

Ø  El Arrendador tiene derecho a ser notificado por escrito por parte del arrendatario con un mes de anticipación de la opción a adoptar. Artículo 410, fracción III, párrafo segundo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Ø  El Arrendatario tiene derecho a “La compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición”. Artículo 410, fracción I de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Obligaciones
Ø  El Arrendador por virtud del contrato de arrendamiento financiero, se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso” Artículo 408 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Ø  El Arrendatario pagará como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según se convenga, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes” Artículo 408 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Contrato de Transporte
a.    Elementos de existencia y validez.
Ø Consentimiento.
Ø Objeto
Ø Forma
Ø Capacidad
Características.
Ø  Típico
Ø  Principal
Ø  Bilateral
Ø  Consensual
Ø  Oneroso

b.    Obligaciones y derechos de las partes.

Derechos

Ø  El Porteador tienen derecho a no responsabilizarse “de las cosas que no se les entreguen a ellos, sino a sus cocheros, marineros, remeros o dependientes, que no estén autorizados para recibirlas”. Artículo 2651 del Código Civil Federal.
Ø  El Alquilador tiene derecho a que se le responda por “daño causado a las personas por defecto de los conductores y medios de transporte que empleen” Artículo 2647 del Código Civil Federal.
Ø  El Cargador tiene derecho “A variar la consignación de las mercancías mientras estuvieren en camino” Artículo 589, fracción I, del Código de Comercio.
Obligaciones
Ø  El Porteador deberá responder por el “daño causado a las personas por defecto de los conductores y medios de transporte que empleen” Artículo 2647 del Código Civil Federal.
Ø  El Alquilador “debe declarar los defectos de la cabalgadura o de cualquier otro medio de transporte” Artículo 2659 del Código Civil Federal.
Ø  El Cargador se obliga a “entregar las mercancías en las condiciones, lugar y tiempo convenidos” Artículo 588, fracción I, del Código de Comercio.

Contrato de Seguro
a.    Elementos de existencia y validez.
Ø Consentimiento.
Ø Objeto
Ø Forma
Ø Capacidad
Características.
Ø  Consensual
Ø  Aleatorio
Ø  Bilateral
Ø  Oneroso
Ø  Se basa en la buena fe

b.    Obligaciones y derechos de las partes.

Derechos

Ø  El Asegurado tiene derecho a recibir por parte de la aseguradora una póliza “en la que consten los derechos y obligaciones de las partes” Artículo 20 y 23 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Ø  La Aseguradora tiene derecho a que el asegurado le declare por escrito “todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas” Artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Obligaciones
Ø  El Asegurado se obliga a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas” Artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Ø  La Aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato” Artículo 1 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.






8.    Del contrato redactado.
a.    Elementos de existencia y validez.

Ø Consentimiento.
Ø Objeto
Ø Forma
Ø Capacidad
Características.
Ø  Principal
Ø  Bilateral
Ø  Oneroso
Ø  Conmutativo
Ø  Consensual
Ø  Formal
Ø  De tracto sucesivo

b.    Obligaciones y derechos de las partes.

Derechos
Ø  El Comprador tiene derecho a recibir el vehículo.
Ø  El Vendedor tiene derecho a recibir el pago del enganche y los pagos mensuales por parte del Comprador
Ø  El Vendedor tiene derecho a la devolución del vehículo en caso de atraso a más de 6 meses de adeudo.

Obligaciones
Ø  El Comprador tiene la obligación de pagar el precio acordado al Vendedor
Ø  El Comprador tiene la obligación de pagarle al Vendedor en caso de incumplir el contrato, la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de penalización.
Ø  El Vendedor deberá entregar el vehículo en buenas condiciones.

Conclusiones:
Hemos concluido con la sesión,  en la cual pudimos conocer otros típos de contratos y la manera en la que se componen en relación a sus elementos de existena y validez, así como sus diferentes características. También hemos redactado un contrato que nos permite la práctica y el perfeccionamiento de esta actividad.
Así mismo, hemos visto que de igual manera existen contratos atípicos, los cuales hemos aprendido a identificar.
Legislación:
Online
Código de Comercio, Cámara de Diputados, México, última Reforma 31 de diciembre de 2018, consultado el 07 de mayo de 2019, recuperado de:  http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/3_311218.pdf

Online
Código Civil Federal, Cámara de Diputados, México, última Reforma 09 de marzo de 2018, consultado el 07 de mayo de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_090318.pdf

Online
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Cámara de Diputados, México, última Reforma 26 de junio de 2018, consultado el 07 de mayo de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/145_220618.pdf

Online
Ley sobre el Contrato de Seguro, Cámara de Diputados, México, última Reforma 04 de abril de 2013, consultado el 07 de mayo de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/211.pdf


Referencias:

Online

Desarrollo, U. I. (s.f.). https://moodle2.unid.edu.mx/. Obtenido de https://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/ejec/DE/DC/S08/DC08_Lectura.pdf





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