sábado, 12 de mayo de 2018

Antecedentes, conceptos y relación de Constitución-Estado-gobierno - Unidad 1, Actividad integradora S1.


Antecedentes, conceptos y relación de Constitución-Estado-gobierno.

Unidad 1, Actividad integradora S1.

Profesora: Lic. Ancelma Guadalupe Velázquez Sanchez.

Alumno: José Rubén Morales Solorio.

Marzo 18.


Introducción.


El objetivo de este ensayo es explicar cuáles es la relevancia respectiva del análisis jurídico y político de la Constitución.
Así como mostrar cuál es la relación entre la Constitución, el Estado y del orden jurídico.

Desarrollo.


Primeramente, debemos entender que es La Constitución y que es el Estado.
Ahora bien, entendamos ¿Qué es una Constitución? La Constitución es un cuerpo escrito de leyes, el cual es necesario para conocer las obligaciones que tenemos como ciudadanos y saber defender nuestros derechos, las garantías individuales o lo que ahora conocemos como derechos humanos.
La palabra Constitución deriva del latín constitutio, que es gestión y emana de organizar, fundar, crear, formar o erigir. La Constitución es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas.
La función de la Constitución política del Estado es la de distribuir Atribuciones, Facultades y Deberes a cada Órgano del Poder Público para desarrollarlas.
La Constitución política del Estado cumple con dos funciones:
·         La función Distributiva.
·         La función Regulatoria.
Nuestra Constitución nos reconoce como ciudadanos libres con derechos políticos, civiles, sociales, económicos, culturales y erige el derecho como método para incluir la pluralidad política y evitar la segregación de los sectores sociológicos alternos o que disienten de la forma de pensar dominante. (Valderrabano, 2016)
El Autor Hans Kelsen indica que, la Constitución es entendida en una dimensión tanto formal como material. Desde su concepción formal contiene el “conjunto de normas jurídicas que sólo pueden ser modificadas mediante la observancia de prescripciones especiales, cuyo objeto es dificultar la modificación de tales normas” (1995:147).
Mientras que en su sentido material se constituye por los “preceptos que regulan la creación de normas jurídicas generales y especialmente, la creación de leyes” (1995:147).
El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, por lo tanto, actúan de acuerdo con los parámetros establecidos por la Constitución. Esto quiere decir que la carta magna (otro nombre que recibe la Constitución) garantiza las libertades y los derechos del pueblo.
De esta manera, una Constitución es antes que toda una función, pues su labor es dar estabilidad a las decisiones que toman los soberanos acerca de la forma de ser del Estado. Es más que una hoja de papel, pues es la suma de los factores reales de poder.
En su concepción jurídica, la Constitución es la norma que crea a los órganos de gobierno que deben encargarse de conseguir los objetivos planteados por el tipo de Estado.

El Estado; el concepto de Estado puede tener diferentes significados, en términos jurídicos y sociales, un Estado es la forma y organización de la sociedad, de su gobierno y al establecimiento de normas de convivencia humana; es la unidad jurídica de los individuos que constituyen un pueblo que vive al abrigo de un territorio y bajo el imperio de una Ley, con el fin de alcanzar el bien común.
Se puede apreciar entonces, la concepción del Estado como el pueblo, que en el proceso legislativo hace tutelar los derechos y libertades individuales.
Todo Estado, históricamente mantienen como elementos constantes la existencia de un pueblo.
Los Estados modernos además se estructuran en una Constitución, formando una organización social soberana y restrictiva, conformada por un conjunto de instituciones, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
El Estado es una maquinaria mediante la cual se hace efectivo el poder político; y el gobierno es quien, en una primera aproximación, detenta ese poder, ya que está constituido por el conjunto de personas que manejan dicha maquinaria.



Antecedentes históricos.


Por lo que hace a la Constitución, en 1810 inició la lucha por la independencia de México.
Sin embargo, el primer registro legal donde se establecieron los ideales del naciente Estado se remonta a octubre de 1814, al publicarse el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, elaborado por José María Morelos, José María Cos y José María Liceaga. A través de esta disposición se pretendió dar sustento constitucional al movimiento independentista; sin embargo, nunca tuvo vigencia. Actualmente conocemos este documento como la Constitución de Apatzingán.
El 4 de octubre de 1824 se promulgó la Constitución Federal de los Estados Unidos
Mexicanos
, mediante la cual se estableció una República representativa, popular y federal –dividida en Estados libres y soberanos–, además de que se instauró la división de poderes y el Congreso con dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores.
En sus inicios, la nación mexicana se regía por algunas leyes creadas en la época colonial, que fueron gradualmente sustituidas por leyes nacionales.
Durante las dos décadas siguientes, los constantes desórdenes, el lento desarrollo económico y los intentos de reforma liberal, motivaron que el Congreso expidiera las Siete Leyes Constitucionales de 1835 y 1836 que pusieron fin al sistema federal y establecieron el centralismo, donde los Estados se transformaron en Departamentos subordinados al gobierno central. Cabe señalar que en esta Constitución se mencionan los derechos “de los mexicanos y habitantes de la República”, precedentes de nuestras actuales garantías individuales.
En junio de 1843 se publicaron las Bases de Organización Política de la República Mexicana, en las que se ratificó el centralismo; sin embargo, cuatro años más tarde, en 1847, se regresó al sistema federal mediante la restitución de la vigencia de la constitución de 1824, aunque con una serie de reformas.
En 1856 fue promulgado el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, que   sirvió de base para que un nuevo Constituyente expidiera la Constitución Política de la República Mexicana en 1857.
Posteriormente, y después de pasar por las Leyes de Reforma, la separación de la Iglesia y el Estado y la intervención francesa, durante el gobierno de Porfirio Díaz se incrementaron tanto la pobreza y la explotación de muchos nacionales. Éstos y otros factores provocaron que el 20 de noviembre de 1910 Francisco I. Madero proclamará el Plan de San Luis, bajo el principio de “sufragio efectivo, no reelección” y, con el llamado al pueblo de México a alzarse en armas, comenzará la Revolución Mexicana.
Aún sin concluir la lucha armada, el 5 de febrero de 1917 fue promulgada la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el Congreso Constituyente convocado por Venustiano Carranza.
Dicho ordenamiento constituye nuestra Ley Suprema y da fundamento a las leyes vigentes en nuestro país.
Los hechos narrados forjaron los cimientos del actual sistema jurídico mexicano.
Con respecto al Estado, en los primeros años de la humanidad, surge debido a la necesidad de la imposición de reglas de conducta, naciendo desde la organización natural de la familia, hasta el desarrollo de una horda y posteriormente la creación de la tribu.
Hasta ese momento, los vínculos de parentesco se fueron sustituyendo paulatinamente por el de subordinación a una autoridad, que toma a cargo la disciplina y organización de la vida social de los integrantes de un mismo territorio, aun sin que existiesen vínculos familiares o de cualquier otro parentesco.
La subordinación podría entenderse de una manera simple, como el origen del Estado, que posteriormente se iría desarrollando en torno a elementos fundamentales como la población, el territorio y el gobierno. Todo esto, dentro de un marco de normas jurídicas que establece la organización de dicho Estado y para dar paso a su consolidación, era necesaria su dirección y control con una adecuada administración, por lo que fue necesaria la creación de una autoridad que la dirigiera.
Los asiáticos, egipcios, griegos y los romanos dan cuenta de cómo fueron formando sus Estados por medio de organizaciones y políticas.
Como conclusión, se puede decir que el Estado se originó de las organizaciones primitivas en cuyo núcleo se encontraba la familia, liderada por un jefe. Es evidente que la familia se vuelve la base de un Estado, pues al unirse diversos jefes de familias, se formarían las primeras organizaciones monárquicas ante la necesidad de tener una cabeza de grupo que representara a la comunidad, protegiera, guiara y regulara.
Se fueron creando familias con mayor poder de capital, abriendo paso al Estado moderno, el cual se fundamenta en tres aspectos fundamentales:
·         El dominio de un territorio.
·         La división de la sociedad en clases sociales, ante la diferencia de poder económico.
·         El surgimiento de instituciones que brinden servicios internos y externos a la sociedad, buscando legitimación entre los ciudadanos, siempre y cuando sus actos estén bajo el amparo de instituciones jurídicas y sociales, creadas originalmente en beneficio de las personas.

Relevancia del análisis jurídico y político de la Constitución.


El estudio y análisis de la Constitución no se reduce únicamente al ámbito jurídico, pues dado su contenido y las materias que regula debe ser abordado desde diferentes perspectivas; así, se puede estudiar la Constitución desde el ámbito sociológico, político, cultural, antropológico, económico y jurídico.
Desde la perspectiva jurídica la Constitución es la ley fundamental del ordenamiento jurídico del Estado que consigna normas que regulan el sistema constitucional, es decir, el modo y forma en que se organiza y estructura el Estado, lo que supone la proclamación de los valores supremos y principios fundamentales, la consagración de los derechos y garantías constitucionales de las personas, así como la delimitación de la estructura social, económica financiera, jurídica y política, definiendo la forma de Estado, el régimen de gobierno, los órganos a través de los cuales se ejerce el poder político, determinando su estructura, organización y su ámbito de competencias. (Rivera, 2001)
La Política debe entenderse como la interrelación social. Lo jurídico y lo económico son manifestaciones de la política y de la actividad política del agente de un Estado.
La política es la realización de los pensamientos, ideas, ideales, voliciones y querencias del zooon politikon (Cuando Aristóteles definía al hombre como zoon politikón, hacía referencia a sus dimensiones social y política).
La política, en su aceptación más amplia y general, significa todo lo que se refiere al Estado.
La Constitución en el ámbito político puede ser definida como el pacto social y político adoptado por el pueblo, para fijar las reglas básicas de convivencia pacífica y la construcción democrática de la sociedad, basada en los valores supremos de la dignidad humana, la justicia, la igualdad, la libertad y el pluralismo político. (Rivera, 2001)
El poder político, es un poder que gobierna porque así lo aceptamos, es una dominación aceptada, que no es otra cosa que legitimar el poder. La autoridad se relaciona con el poder, el alcance de aquélla es más restringido, ya que es como una fuerza para alcanzar los resultados que el gobierno desea, la autoridad es la representante del poder.

La relación entre la Constitución, el Estado y del orden jurídico

Evidentemente la relación es estrecha entre Estado, gobierno y Constitución. El tipo de Estado define los objetivos del pueblo. Si es un Estado autocrático o democrático, en ambos casos deben crearse estructuras de gobierno apropiadas para alcanzar su teleología. Para el primer caso, la centralización y para el segundo la república, definiendo también las instituciones de gobierno acorde al tipo de Estado.
El gobierno es cambiante y pasajero, es la parte encargada de llevar a cabo las funciones del Estado a través de un conjunto de personas que lo ejecutan durante un periodo determinado.
El gobierno, además, es uno de los tres poderes del Estado, los otros son el poder legislativo, encargado de aprobar las leyes y el poder judicial, encargado de aplicarlas.
Se tiene como tipologías habituales para analizar el Estado y el gobierno a las siguientes ramas:
·         Democracia.
·         Autocracia.
·         Monarquía.
·         República.


Conclusiones.


Es de suma importancia que podamos entender con claridad la funcionalidad de la Constitución, el Estado y la relación que existe entre cada una de estas entidades.

Referencias.

Kelsen, H. (1995). Teoría general del Derecho y del Estado. México: Universidad Nacional Autónoma de México. UNAM.
Rivera, S. J. (2001). https://www.juridicas.unam.mx/. Obtenido de https://www.juridicas.unam.mx/: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2728/6.pdf
Valderrabano, R. (08 de 06 de 2016). http://themexicantimes.mx/. Obtenido de http://themexicantimes.mx/para-que-nos-sirve-la-constitucion/



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