Fundamentos del delito y los delitos en particular.
Los elementos del injusto penal I.
Unidad 2, Actividad
integradora S4.
Profesor: Lic. Fernando
Metre González.
Alumno: José Rubén Morales
Solorio.
Septiembre 18.
Actividad 1. Manifestación
de la conducta
Presenta en un documento de texto, los bienes jurídicamente
tutelados y las conductas manifiestas de los delitos identificados en el
código.
Bienes jurídicos tutelados:
·
La vida – Homicidio, Aborto.
·
La integridad corporal o psíquica – Lesiones, Violencia
familiar.
·
La libertad física (corporal) - Privación Ilegal de la Libertad.
·
Libertad sexual, la seguridad sexual o el normal desarrollo
psicosexual – Violación, Abuso sexual.
·
El patrimonio – Robo, Fraude, Daño en propiedad ajena.
·
La familia – Adulterio, Violencia familiar.
·
La dignidad o la reputación – Calumnias, Injurias.
·
La responsabilidad profesional - Revelación de secretos, Delitos
de abogados, patronos y litigantes, Falsedad.
Actividad 2.
Con base en
los delitos identificados en el Código Penal para el Distrito Federal (Ciudad
de México) en la actividad anterior, señala en un cuadro los
siguientes elementos de cada tipo:
|
|
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Delito
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Conducta
|
Bien jurídico
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Resultado
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Intencionalidad
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Estructura
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Sujeto activo y pasivo
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Duración
|
Homicidio
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Acción
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La vida
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Quitar la vida de alguien
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Culposo o doloso
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Simple
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Activo: Quien comente el homicidio
Pasivo: A quien le quitan la vida.
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Instantáneo
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Lesiones
|
Acción
|
La integridad corporal
|
Lesionar o herir a alguien.
|
Culposo o doloso
|
Simple
|
Activo: Quien lesiona
Pasivo: El lesionado.
|
Instantáneo, pero con efectos permanentes.
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Privación Ilegal de la Libertad
|
Acción.
|
La libertad física
|
Privar de la libertad a una persona.
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Doloso.
|
Simple
|
Activo: Quien priva de la libertad.
Pasivo: La persona privada de su libertado.
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Permanente.
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Violación
|
Acción
|
Libertad sexual
|
Agredir a un pasivo sexualmente.
|
Doloso.
|
Simple
|
Activo: Agresor sexual
Pasivo: Agredido sexualmente.
|
Instantáneo, pero con efectos permanente.
|
Robo
|
Acción
|
Patrimonio.
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Despojar a alguien de un bien mueble.
|
Doloso
|
Simple
|
Activo: Quien despoja.
Pasivo: Despojado.
|
Instantáneo.
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Violencia familiar
|
Acción.
|
La familia.
|
Ejercer violencia en el núcleo familiar
|
Doloso
|
Complejo
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Activo: Quien ejerce la violencia
Pasivo: Los violentados.
|
Instantáneo, pero con efectos permanente o
Continuado.
|
Calumnias
|
Acción
|
La dignidad
|
Levantar falso testimonio en cintra de
alguien.
|
Doloso
|
Simple
|
Activo: quien calumnia
Pasivo: calumniado.
|
Instantáneo.
|
Revelación de secretos
|
Comisión por omisión
|
La responsabilidad profesional
|
Debía guardar los secretos de la empresa,
pero no lo hizo.
|
Doloso
|
Simple
|
Activo: Quien revela los secretos
Pasivo: La empresa o quien adquiere los
servicios del profesional.
|
Instantáneo, pero con efectos permanente.
|
Actividad Integradora.
Del caso asignado,
en un documento de texto presenta lo siguiente:
Caso:
Juan
Pérez se encontraba circulando sobre Av. Zaragoza, de momento y sin poderse
prever, se cruza en su camino un menor de tan solo 6 años de edad.
Juan
Pérez realiza un movimiento evasivo logrando evitar atropellar al infante,
sin embargo, se sube a la banqueta y si atropella a Raymundo Medina,
ocasionándole una fractura en la pierna la cual le dejará secuelas de por
vida.
|
- Manifestación
de la conducta.
- Acción,
ya que atropella a Raymundo Medina.
- Elementos
del tipo penal.
- Conducta
o hecho - Acción, ya que atropella a Raymundo Medina
- Tipicidad
– Lesiones.
- Antijuricidad
– No, ya que se encuentra en el CPDF en su artículo 130.
- Culpabilidad
– Culposo, ya que no tenía la intensión.
- Punibilidad
– Si es sancionable.
- Causas
de justificación o elementos de la antijuricidad.
- No
existen en el caso.
Responda:
1. Manifestación de la conducta: Elija una:
a) acción,
b) omisión
c) Comisión por omisión.
2. Elementos del tipo penal
Resuelve los siguientes cuadros:
Conducta
|
Bien jurídico
|
Sujeto activo
|
Sujeto pasivo
|
Objeto material
|
Resultado
|
Duración
|
Elementos subjetivos
|
Atropellar a Raymundo Medina
|
La integridad corporal
|
Juan Pérez
|
Raymundo Medina
|
Raymundo Medina (sujeto pasivo)
|
Causar lesiones que ocasionaron secuelas de
por vida.
|
Instantáneo, pero con efectos permanentes:
|
No aplica, ya que la ley no describe ningún
elemento.
|
3. Estructura del delito.
Elementos del delito
|
Respuestas
|
Conducta
|
La acción, ya
que causa lesiones al atropellar al sujeto pasivo, causando lesiones
permanentes.
|
Tipicidad
|
Delito de
lesiones, de acuerdo con el artículo 291 del CPF.
|
Antijuridicidad
|
Se tendría que
determinar si Juan Pérez venia a exceso de velocidad, ya que si esto fuera
así, se podría dar perfectamente como un acto ilícito. En caso contrario, se
podría tratar de manejar una “Causa de justificación” como es el “Estado de
necesidad”. Ya que trato de salvaguardar la integridad de una persona
(menor), lesiono de manera culposa a otra persona.
|
Culpabilidad
|
Fue de manera
culposa, ya que no tenía la intención de hacerlo.
|
Imputabilidad
|
Si hay
imputabilidad ya que el sujeto activo es mayor de edad y no padece de ningún
trastorno mental.
|
Punibilidad
|
De acuerdo con
el artículo 291 de CPF, Se impondrán de tres a cinco años de prisión y multa
de trescientos a quinientos pesos, al que infiera una lesión que perturbe
para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanentemente
una mano, un pie, un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la
palabra o alguna de las facultades mentales.
|
Legislación
Código Penal para el Distrito Federal (CPDF).
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