Fundamentos del delito y los delitos en particular.
Responsabilidad penal y punibilidad.
Unidad 3, Actividad
integradora S6.
Profesor: Lic. Fernando
Metre González.
Alumno: José Rubén Morales
Solorio.
Septiembre 18.
Actividad 1. Los elementos
de la responsabilidad penal y la punibilidad.
1. En un archivo de texto
señala un representante de cada corriente, su aportación a ésta y un ejemplo de
aplicación de sus ideas.
Teorías absolutas.
·
Representante: Immanuel Kant.
·
Aportación: Permitieron desarrollar el fundamental
principio limitador al Ius Puniendi
del Estado, el principio de culpabilidad, en virtud del cual, solo se responde
por el hecho y en cuanto el sujeto sea culpable. Por lo mismo, al otorgar estas
teorías una trascendencia fundamental al principio de culpabilidad, permitieron
el desarrollo, hasta nuestros días, de dicho principio. (Durán Migliardi, 2011)
·
Ejemplo: para quien la pena
"debe ser" aun cuando el Estado y la sociedad ya no
Existan, su hubiera un
pequeño poblado el cual sus habitantes decidieran disgregarse, el último
asesino que se hallara en la cárcel debería ser ajusticiado primero, a fin de
que cada uno lleve la pena de su conducta.
Teorías relativas.
·
Representante: Paul Johann Anselm von
Feuerbach
·
Aportación: La finalidad de la
imposición de una pena reside en la fundamentación de la efectividad de la
amenaza penal, ya que sin esta amenaza quedaría inefectiva. (Cárdenas Ruiz, 2002)
·
Ejemplo: Una persona que esta por
realizar un homicidio, pero alguien le dice que la pena es la cárcel, por lo
que desiste de realizar el delito.
Teorías mixtas o eclécticas
·
Representante: Claus Roxin
·
Aportación: Consiste en la combinación
o integración de los momentos de la vida de la pena en tres fases: legislativa
(prevención general), judicial (prevención general y prevención especial) y de
ejecución (prevención especial). Teoría con predominancia preventiva
excluyendo, en principio, la idea de retribución
·
Ejemplo: Podría ser el mismo ejemplo
anterior.
Actividad 2. Los elementos
de la responsabilidad penal y la punibilidad.
1.
Identifica las causas de extinción de la responsabilidad penal
que establecen el Código Penal del Distrito Federal (Ciudad de México) y el
Código Penal Federal; explica sus diferencias.
Código
del Distrito Federal
|
Código
Penal Federal
|
Diferencias.
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Cumplimiento de la pena o medida de seguridad
|
Cumplimiento de la pena o medida de seguridad
|
En el CPF se la Pena y las Medidas de seguridad se extinguen
con todos sus efectos. Artículo 116.
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Muerte del inculpado o sentenciado
|
Muerte del imputado o sentenciado
|
En el CPF, además de la reparación del daño, se realiza el “aseguramiento
y la de decomiso de los instrumentos, objetos o productos del delito así como
los bienes cuyo valor equivalga a dicho producto” Artículo 91.
|
Reconocimiento de la inocencia del sentenciado
|
Reconocimiento de inocencia
|
En el CPF “se procederá al reconocimiento de su
inocencia, en los términos previstos por el Código de
Procedimientos Penales aplicable y se estará a lo
dispuesto en el artículo 49 de este Código.” Artículo 96.
|
Perdón del ofendido en los delitos de querella o por cualquier
otro acto equivalente
|
Perdón del ofendido o legitimado para otorgarlo
|
En el CPF, El perdón del ofendido o del legitimado para
otorgarlo sólo podrá otorgarse cuando se
hayan reparado la totalidad de los daños y perjuicios
ocasionados por la comisión del delito. Artículo 93.
|
Rehabilitación
|
Rehabilitación
|
Ninguna diferencia.
|
Conclusión del tratamiento de inimputables
|
Extinción de las medidas de tratamiento de inimputables
|
En el CPDF, además se indica que “se considerará extinguida si
se acredita que el sujeto ya no requiere tratamiento” Artículo 102
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Indulto
|
Indulto
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En el CPF se manejan ciertas características más específicas
para que se pueda dar el Indulto. Artículo 97.
|
Amnistía
|
Amnistía
|
En el CPF, extingue la acción penal y las sanciones impuestas,
excepto la reparación
del daño. Artículo 92.
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Prescripción
|
Prescripción
|
Ninguna diferencia.
|
Supresión del tipo penal
|
Supresión del tipo penal
|
Ninguna diferencia.
|
Existencia de una sentencia anterior dictada en proceso
seguido por los mismos hechos
|
Existencia de una sentencia anterior dictada en proceso
seguido por los mismos hechos
|
Ninguna diferencia.
|
2. Investiga su definición y
ejemplifica cada una.
Causas
de extinción de la responsabilidad penal
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Ejemplo
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Cumplimiento de la pena o medida de seguridad
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Cuando un reo fue sentenciado a 10 años de cárcel y este
cumple ya los 10 años.
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Muerte del inculpado o sentenciado
|
Cuando una persona acusada de homicidio muere.
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Reconocimiento de la inocencia del sentenciado
|
Cuando una persona que ya fue sentenciada por el delito de
robo se logra demostrar que es inocente, debido a que aparece el verdadero
delincuente y este último confiesa.
|
Perdón del ofendido en los delitos de querella o por cualquier
otro acto equivalente
|
Cuando una persona comete el delito de fraude por ejemplo, y al
estar en proceso, logra negociar con el querellante la reparación del daño y
este le otorga el perdón.
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Rehabilitación
|
Cuando a una persona sentenciada se le reintegran sus derechos
suspendidos.
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Conclusión del tratamiento de inimputables
|
Cuando un sujeto se encuentra prófugo y por fin es capturado,
pero al momento de su detención se acredita que las condiciones a no
corresponden al origen.
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Indulto
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Cuando el Presidente de la Nación extingue la potestad de las
penas a una persona determinada.
|
Amnistía
|
Cuando se extingue la potestad de las penas a una persona
determinada, con excepción de la reparación del daño.
|
Prescripción
|
Cuando el transcurso del tiempo señalado por la ley ha expirado
para ejecutar acción penal.
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Supresión del tipo penal
|
Cuando la ley deja de considerar como delito una conducta que
con anterioridad a su vigencia se considerada como tal.
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Existencia de una sentencia anterior dictada en proceso
seguido por los mismos hechos
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Cuando una persona es acusada 2 veces por la misma conducta.
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Anulación de la sentencia
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Cuando se reconoce la inocencia del sentenciado.
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Actividad Integradora. Responsabilidad
penal y aplicación de las penas.
En un documento de texto señala el tipo de
pena que corresponda y la forma de extinción de la responsabilidad penal, según
lo amerite.
Caso 1.
En la Ciudad de México, Juan Pérez es víctima del delito de
lesiones que ponen en peligro la vida a manos de sus victimarios Pedro Justo,
Ramón Valverde y Hugo Rivera, quienes vivían en la misma colonia.
Los tres responsables son procesados y sentenciados por el
delito y se encuentran purgando una pena de 6 años en prisión.
Dos años después, Juan Pérez inicia una relación con la hermana
de Pedro Justo, quién lo convence de que perdone a su hermano, por lo que
acude ante las autoridades judiciales para otorgar el perdón a Pedro Justo.
|
1. ¿Qué forma de extinción de la pena opera?
R=
Otorgamiento del perdón.
3.
¿En qué ley y artículo es contemplada dicha forma de extinción?
R= En el CPDF en el
artículo 100 y en el CPF artículo 93.
3. En vista de que se perdonó el mismo delito
¿Qué sucede con la pena de lo
otros partícipes del delito?
R=
Deberá continuar, ya que el perdón solo se otorgó a Pedro Justo.
Caso 2.
Marco
Silva fue detenido por el delito de lesiones que tardan en sanar más de quince
días y menos de sesenta, le es dictada la medida cautelar de prisión mientras
llega el día de su juicio.
Seis
meses después, llega su juicio y es condenado culpable y a cumplir una sentencia
de seis meses de prisión.
Le
dice el juez que ya no existe la potestad del estado para ejecutar la pena,
por lo que es libre.
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1. ¿Qué forma de extinción de la pena opera?
R=
Cumplimiento de la pena o medida de seguridad.
2. ¿En qué ley y artículo es contemplada
dicha forma de extinción?
R=
En el CPDF en el artículo 97 y en el CPF artículo 116.
Referencias
Cárdenas Ruiz, M. (2002). https://www.derechoycambiosocial.com/.
Obtenido de https://www.derechoycambiosocial.com/revista002/pena.htm
Durán Migliardi, M.
(2011). https://scielo.conicyt.cl/. Obtenido de https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-43602011000100009
Legislación.
Código Penal del Distrito Federal (CPDF)
Código Penal Federal (CPF)
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