Relaciones
individuales de trabajo.
Antecedentes de la OIT y los tratados internacionales.
Unidad
3, Actividad integradora S6.
Profesor:
Lic. Keiko
Alejandra Casillas De La Vega.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Agosto
19.
Introducción:
En esta sesión estaremos conociendo a la
autoridad máxima laboral que es la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), sus antecedentes, históricos, objetivos y su misión.
Así como los países que la conforman y
el impacto que ha tenido en los derechos laborales en México.
Desarrollo:
1.
Distingue
las diferencias entre garantías individuales y derechos humanos.
R= Básicamente la diferencia
radica en que “Las garantías son los medios con que cuenta la persona para
hacer valer sus derechos” (Humanos) , es decir, las
garantías aplican tanto para personas morales del derecho privado y en algunas
ocasiones al derecho público, de acuerdo con lo que explica Luis Bazdresch.
“las garantías son
instrumentos, medios o remedios al alcance de cualquier persona. Son la medida
jurídica bajo la cual el Estado reconoce y protege los derechos humanos.” (Humanos)
2.
Señala
cómo ha impactado este cambio en las acciones de la OIT. Se sugiere la
organización de la información a partir de la elaboración de un cuadro.
Trabajo decente
|
“Las
normas internacionales del trabajo tienen como objetivo fundamental el
desarrollo de las personas en su calidad de seres humanos”
|
Marco jurídico internacional
|
Se
realiza la elaboración y promoción de “unas normas internacionales del
trabajo orientadas a garantizar que el crecimiento económico y el desarrollo
vayan de la mano de la creación de trabajo decente”
|
Condiciones
de igualdad
|
Mediante
un marco jurídico internacional, se pretende garantizar “el establecimiento
de condiciones de igualdad en la economía global”
|
Resultados
económicos
|
Al
aplicar normas del trabajo “los inversores extranjeros valoran más la calidad
de la mano de obra y la estabilidad política y social que los bajos costes de
la mano de obra”
|
Protección
frente a las crisis económicas
|
Se
pretende establecer “La adopción de un enfoque equilibrado que incluya el
logro de metas macroeconómicas y de empleo, teniendo al mismo tiempo en
cuenta el impacto social, puede ser útil para enfrentar estos desafíos.”
|
3.
Investiga
en por lo menos 5 tratados los siguientes puntos:
·
Estados
firmantes.
·
Resumen
sobre los principales puntos en materia de trabajo.
·
Acciones
concretas en la política mexicana. Se sugiere la organización de la información
a partir de la elaboración de un cuadro.
C087
- Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de
sindicación, 1948 (núm. 87)
|
|
Estados firmantes
|
Son
155 países los que han ratificado el convenio, en el siguiente link se pueden
visualizar cuales son: https://bit.ly/2LuOGga
|
Resumen sobre los principales puntos
en materia de trabajo
|
·
“la
libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación.”
·
“la
afirmación del principio de la libertad de asociación sindical”
|
Acciones concretas en la política
mexicana.
|
Las
libertades sindicales.
|
C029
- Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)
|
|
Estados firmantes
|
Son
178 países los que han ratificado el convenio, en el siguiente link se pueden
visualizar cuales son: https://bit.ly/2YMtwk5
|
Resumen sobre los principales puntos
en materia de trabajo
|
La
supresión del trabajo forzado u obligatorio en todas sus formas.
|
Acciones concretas en la política
mexicana.
|
La
erradicación del trabajo forzado u obligatorio (artículo 132 fracción XXXI de
la Ley Federal del Trabajo)
|
C111 - Convenio sobre la
discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111)
|
|
Estados firmantes
|
Son
175 países los que han ratificado el convenio, en el siguiente link se pueden
visualizar cuales son: https://bit.ly/2N4ijEz
|
Resumen sobre los principales puntos
en materia de trabajo
|
“la
Declaración de Filadelfia afirma que todos los seres humanos, sin distinción
de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su
desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad
económica y en igualdad de oportunidades”
|
Acciones concretas en la política
mexicana.
|
El
derecho al trabajo digno sin discriminación (artículo 2, segundo párrafo de
la Ley Federal del Trabajo)
|
C138
- Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
|
|
Estados firmantes
|
Son
172 países los que han ratificado el convenio, en el siguiente link se pueden
visualizar cuales son: https://bit.ly/2TCnX1N
|
Resumen sobre los principales puntos
en materia de trabajo
|
La
definición para la edad mínima para trabajar.
|
Acciones concretas en la política
mexicana
|
Se
realiza la definición de la edad mínima para trabajar (Artículo 22 bis de la
Ley Federal del Trabajo)
|
C017
- Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925 (núm. 17)
|
|
Estados firmantes
|
Son
74 países los que han ratificado el convenio, en el siguiente link se pueden
visualizar cuales son: https://bit.ly/31CoLXb
|
Resumen sobre los principales puntos
en materia de trabajo
|
Instituir
como derecho del trabajador la indemnización por parte del patrón por
concepto de accidente en el trabajo.
|
Acciones concretas en la política
mexicana
|
Se
instituye la indemnización por accidente laboral (Artículo 474 de la Ley
Federal del Trabajo)
|
4.
Elabora
una infografía indicando lo siguiente:
·
Señala
el origen y características de la OIT.
·
Explica
la distinción entre las garantías individuales y los derechos humanos como uno
de los puntos que han regido las acciones de la OIT.
·
Presenta
un ejemplo sobre la concertación de un tratado internacional hasta su
concreción en la política mexicana.
Conclusiones:
Después de haber realizado el estudio de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), su historia, antecedentes,
objetivos y misión, se puede entender la relevancia de esta organización y la
importancia que ha ido adquiriendo a lo largo de los años en cuestión de los
derechos laborales.
Legislación:
Online
Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados, México,
última Reforma 02 de julio de 2019, consultado el 16 de julio de 2019,
recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Referencias:
Online
Ibarra
Brandon González, C. (2015). https://prezi.com. Obtenido de
https://prezi.com/mizbe7ldf5ox/diferencias-entre-derechos-humanos-derechos-fundamentales-y/
Humanos, C. N. (s.f.). http://stj.col.gob.mx.
Obtenido de
http://stj.col.gob.mx/dh/descargables/pdf_seccion/concepto_3_2_3.pdf
Trabajo, O. I. (2017). https://www.ilo.org/.
Obtenido de
https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C087
Trabajo, O. I. (s.f.). https://www.ilo.org.
Obtenido de
https://www.ilo.org/global/standards/introduction-to-international-labour-standards/the-benefits-of-international-labour-standards/lang--es/index.htm
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