lunes, 5 de julio de 2021

Módulo 13. Delitos fiscales. Unidad 3, Actividad integradora S6.

 



 

 

Administración Tributaria.

Delitos fiscales.

Unidad 3, Actividad integradora S6.

Profesor: Lic. Shandybell Sedeño Estrada.

Alumno: José Rubén Morales Solorio.

 

 

Febrero 2020.

Introducción.

 

Para continuar entendiendo los delitos tributarios, veremos a continuación los delitos fiscales que nacen a través del Estado para la imposición de penas a los infractores fiscales.

Analizaremos su regulación, clasificación, elementos y las penas para cada uno de los delitos.

 

Actividad 1:

 

  1. Identifica las diferencias entre infracciones fiscales y los delitos fiscales. Se sugiere el llenado del siguiente cuadro comparativo:

Delitos fiscales

Infracciones fiscales

·         “el delito (…) de acuerdo con el derecho, amerita una pena corporal.” (Mejia Rodriguez, s.f.)

·         “el delito amerita pena corporal; la multa la aplica la autoridad fiscal, la pena corporal, la autoridad judicial.” (Mejia Rodriguez, s.f.)

·         “Una diferencia sustancial con la infracción tributaria es que para la existencia del delito no sólo debe superarse la cuantía, sino que es necesario que el autor haya tenido la intención de evitar el pago” (Marquez Díaz, 2016)
 
 
 
 

·         “Que haya una norma que tipifique y describa esa conducta como sancionable” (Molina, 2018)

·         “es la violación de una ley.” (Mejia Rodriguez, s.f.)

·         “la infracción fiscal, según el artículo 70 del Código Fiscal de la Federación amerita una pena económica, en forma de multa” (Mejia Rodriguez, s.f.)

·         “La infracción tributaria es toda aquella acción voluntaria tipificada en las leyes” (Marquez Díaz, 2016)

 


 

Actividad 2:

 

1.    A partir de lo estudiado en módulos anteriores, señala la diferencia entre delitos particulares y delitos especiales de los delitos fiscales de acuerdo con su propia naturaleza.

 

Delitos Particulares

·         Se encuentran establecidos en los códigos penales.

·         Atiende los delitos previstos en los códigos penales.

·         “Se basa en los bienes jurídicamente tutelados.” (coursehero, 2019)

Delitos Especiales

·         Su fundamentación se encuentra en el artículo 6 del Código Penal Federal.

·         Cuando se cometa un delito no previsto en los códigos penales, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos.

·         “Protegen bienes jurídicos distintos a la inscrita en la ley penal.” (coursehero, 2019)

Delitos Fiscales

·         Es “aquel consistente en defraudar o engañar a la Hacienda Pública evitando el pago de cualquier cantidad” (Arias Tapia, 2018)

·         Se trata de “toda acción u omisión que sancionan las leyes fiscales-penales” (jvelasco07, 2011)

 

 

 


 

Actividad 3.

 

1.    Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.

Caso.

Jorge González, quien desde el año 1990 como indocumentado radicaba en los Estados Unidos de Norteamérica, el pasado mes decide regresar a su natal México, por lo que invierte todos sus ahorros que ascienden a los 150,000 dólares, en aparatos electrónicos, ropa y calzado para dama y caballero. Artículos que ingresa al país sin problemas a su regreso. Por lo que decide abrir e iniciar su propio negocio en la Ciudad de Guanajuato, lugar en donde comienza a vender las mercancías que trajo del país vecino. Pero en pasados días le llega una visita de autoridades del fisco, por lo anterior te consulta y desea saber:

 

2.    En un documento de texto, identifica los siguientes elementos:

·         Delito que se configura y justificación (por qué se trata de un delito)

R= el delito que el señor Jorge González cometió es el de delito de contrabando, el cual se encuentra contemplado en el artículo 102 del Código Fiscal Federal, ya que ingresó mercancía por un valor superior al de $175,200.00 que señala el mismo código en su tercer párrafo.

 

·         Tipo de delito (particular o especial), así como sus características.

R= El tipo de delito es particular, ya que si se encuentra regulado en el Código Fiscal Federal.

o   Se señala en el artículo 11 Bis, inciso B, fracción VII del Código Penal Federal y en el Código Fiscal Federal en el artículo 102 y 103, fracción I.

 

·         Elemento normativo.

R= Para poder comprender y entender el elemento normativo señalado en el Código Penal Federal, se deberá remitir al artículo 102 y 103, fracción I del Código Fiscal Federal, donde se explica los motivos del delito.

 

·         Cuerpo normativo al que se pertenece.

R= Derecho Tributario y Derecho Penal.

·         Bien jurídico protegido.

R= El interés patrimonial de la Hacienda Pública.

 

·         Instancia judicial a recurrir.

De acuerdo con el artículo 93 del Código Fiscal Federal, la autoridad fiscal, una vez que tenga conocimiento de la probable existencia de un delito, hará del conocimiento al Ministerio Público Federal para los efectos legales que procedan.

 

·         Infracción

R= Se trata de una infracción de Omisión.

 

·         Sanción.

R= Con pena de prisión de 3 a 5 años, de acuerdo con el artículo 104, fracción I del Código Fiscal Federal.

 

·         Multa.

R= De acuerdo con el artículo 76 del Código Fiscal Federal, la multa será del 55% al 75% de las contribuciones omitidas.

 

Conclusiones.

 

Se ha finalizado esta sesión en la que hemos conocido los aspectos generales de los delitos fiscales, así como las responsabilidades en los mismos.

Cuales son los requisitos para que estos procedan y las prescripciones, así como la clasificación de las penas y en general, los diferentes delitos.


 

Legislación.

 

Online

Código Fiscal de la Federación, Cámara de Diputados, México, última Reforma 09 de enero de 2020, consultado el 24 de febrero de 2020, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_090120.pdf

 

Online

Código Penal Federal, Cámara de Diputados, México, última Reforma 24 de enero de 2020, consultado el 24 de febrero de 2020, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_240120.pdf

 

Referencias.

 

Online

Arias Tapia, F. (2018). http://www.todocbb.com.mx/. Obtenido de http://www.todocbb.com.mx/delitos-fiscales-en-2018/

coursehero. (2019). https://www.coursehero.com/file/43361949/M5-U3-S7-derechodocx/. Obtenido de https://www.coursehero.com/file/43361949/M5-U3-S7-derechodocx/

jvelasco07. (2011). https://es.slideshare.net/. Obtenido de https://es.slideshare.net/jvelasco07/delitos-fiscales-mexico

Marquez Díaz, R. (2016). https://www.infoautonomos.com/. Obtenido de https://www.infoautonomos.com/blog/diferencias-infraccion-delito-fiscal/

Mejia Rodriguez, G. (s.f.). https://revistas.juridicas.unam.mx/. Obtenido de https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/3326/3822

Molina, M. (2018). https://www.martinmolina.com/. Obtenido de https://www.martinmolina.com/2018/05/03/infraccion-tributaria-y-delito-fiscal-cual-es-la-diferencia/

 

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