Administración
Tributaria.
El ilícito tributario.
Unidad
2, Actividad integradora S5.
Profesor:
Lic. Shandybell Sedeño Estrada.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Introducción.
Vamos a analizar en esta sesión los
aspectos del ilícito tributario y sus componentes, como son las infracciones en
materia fiscal federal, las sanciones y las multas a las que un contribuyente
podría hacerse acreedor en caso de cometer alguna infracción.
Actividad
1:
1.
A
partir del cuadro presentado, relaciona las infracciones señaladas en
el Código con su clasificación doctrinal.
Clasificación
doctrinaria de las infracciones |
Artículos |
Ejemplo |
Sanción |
De omisión |
Artículo 70-A, 71 y 78 |
Cuando
un contribuyente omite presentar su declaración por olvido. |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
De comisión |
Artículo
71 |
Cuando
el contribuyente declara ingresos menores a los realmente percibidos. |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Instantáneas |
Artículo 70-A, 71 y 78 |
El
contribuyente no presentó la declaración anual del ISR, cuando tenía la
obligación de realizarlo. |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Continuas |
Artículo
81, fracción I |
Cuando
el contribuyente no lleva de manera adecuada su contabilidad mes con mes. |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Continuadas |
Artículo
76 |
“declarar
en un ejercicio fiscal ingresos menores a los realmente percibidos, en otro
ejercicio declarar sus ingresos correctamente, para volver a declarar posteriormente
en otro ejercicio, ingresos menores a los percibidos y así sucesivamente.” |
Multa y la aplicación de la tasa de
recargos |
Simples |
Artículo
70-A |
No
realizar pago del IVA |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Complejas |
Artículo
83 |
El
contribuyente no lleva la contabilidad de manera adecuada dentro de los
plazos legales y omite ingresos. |
Multa y la aplicación de la tasa de
recargos |
Leves |
Articulo
79 |
El
contribuyente realiza la inscripción al registro federal extemporáneamente. |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Graves |
Artículo
81, fracción VII. |
El
contribuyente declara ingresos menores a los que percibe. |
Multa y la aplicación de la tasa de
recargos |
Administrativas fiscales |
Artículo
70-A. |
El
contribuyente presenta “la declaración anual del impuesto sobre la renta en
forma extemporánea” |
Multa
y la aplicación de la tasa de recargos |
Administrativas
no fiscales |
Artículo
19, fracción XXII de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios |
Cuando
un contribuyente productor de tabaco no imprime el código de seguridad en las
cajetillas de cigarros. |
Multa
y suspensión de actividades. |
Judiciales |
Artículo
131 del Código Penal Federal. |
Cuando
personas se reúnen para perturbar el orden público |
Privación
de la libertad y multa |
Actividad
2:
1. Investiga, tanto en doctrina como en
jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa, las características de las multas fijas y
relaciónalas con el artículo 22 constitucional.
Enumera estas características y señala
la constitucionalidad de cada una.
Características de las multas fijas |
|
Cantidad
determinada |
“Quedan prohibidas (…) la multa
excesiva” |
Proporcional al delito |
“Toda
pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico
afectado” |
Actividad
3.
1. Espera el caso proporcionado por tu
docente en línea.
Antecedentes: El contribuyente
Raúl Saavedra tiene como actividad preponderante la elaboración de ropa.
Derivado de las facultades de comprobación del Servicio
de Administración Tributaria, se le impuso la siguiente multa:
En virtud de que,
infringió el artículo 85, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, se
hace acreedor a la imposición de la multa mínima actualizada equivalente a la
cantidad de $20,250.00 (veinte mil doscientos cincuenta pesos 00/100 M.M.)
establecida en el artículo 86, fracción I, del mismo Código. El contribuyente te
manifiesta que dicha multa se le hace excesiva conforme a su capacidad
económica y que no está en posibilidad de saldarla. Como abogado(a), ¿Cuáles
son los argumentos que presentarías al órgano jurisdiccional para manifestar
que se trata de una multa excesiva? |
2. La respuesta que viertas deberá:
·
Señalar
el fundamento jurídico de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y del Código Fiscal de la Federación.
R=
Con fundamento en el artículo 22 Constitucional, en el que se señala entre
otras cosas que, “Quedan prohibidas (…) la multa excesiva”
·
Mencionar
los argumentos fiscales que respalden tu respuesta. Sustentar los argumentos en
la doctrina.
R=
La autoridad fiscal debería tomar en cuenta antes de imponer la multa, la
gravedad de la infracción, la capacidad económica, si existe reincidencia de la
conducta y valorar las circunstancias para individualizar la sanción a imponer.
·
Señalar
mínimo tres jurisprudencias o tesis del Poder Judicial de la Federación o del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa que respalden tu postura.
R=
Registro
No. 1 002 055
MULTAS
FISCALES EXCESIVAS, SON INCONSTITUCIONALES [TESIS HISTÓRICA.
Localización:
[J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo I. Constitucional 3. Derechos
Fundamentales Tercera Parte - Históricas Segunda Sección - TCC; Pág. 3162.
Registro
No. 902 610
MULTAS
FISCALES, AMPARO CONTRA LAS LEYES QUE LAS PREVÉN. TÉRMINO PARA INTERPONERLO.-
Localización:
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; Ap. 2000; Tomo I, Const., P.R. SCJN; Pág. 1333.
Registro
No. 223 970
MULTAS
FISCALES EXCESIVAS, SON INCONSTITUCIONALES.
Localización:
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 317
3. Identifica los siguientes elementos:
·
Infracción
R=
La autoridad le señala al contribuyente que de acuerdo con el artículo 85,
fracción I, se opuso a la práctica de la visita en el domicilio fiscal, o bien,
que no proporciono la contabilidad o información para comprobar el cumplimiento
de las obligaciones.
·
Sanción
R=
Corresponde una Sanción administrativa fiscal, ya que dicha autoridad es quien
la impone.
·
Multa
R=
De acuerdo con el Código Fiscal, para la infracción cometida por el
contribuyente, se aplicaría la multa que se indica en el artículo 86, fracción
I del mismo código, que es de $17,370.00 a $52,120.00.
Conclusiones.
Después
de haber concluido esta sesión vemos la importancia de conocer a fondo los
ilícitos tributarios, en los cuales encontramos que existen diversas
infracciones y delitos en materia tributaria.
Analizamos
las múltiples infracciones y vimos su clasificación tanto doctrinal como su
clasificación legal.
Se
estudio de igual forma las sanciones, multas, y sus aspectos generales, las
cuales nos permitirán en un futuro construir una defensa en algún caso fiscal.
Legislación.
Online
Código Fiscal de la Federación, Cámara
de Diputados, México, última Reforma 09 de enero de 2020, consultado el 13 de febrero
de 2020, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_090120.pdf
Online
Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios, Cámara de Diputados, México, última Reforma 09 de diciembre
de 2019, consultado el 17 de febrero de 2020, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/78_241219.pdf
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados, México, última
Reforma 20 de diciembre de 2019, consultado el 17 de febrero de 2020,
recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_201219.pdf
Referencias.
Online
ConocimientosWeb.net.
(2013). https://www.conocimientosweb.net/. Obtenido de
https://www.conocimientosweb.net/dcmt/ficha7779.html
Diputados,
C. d. (2019). http://www.diputados.gob.mx. Obtenido de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_201219.pdf
Nación, S.
C. (1969). https://sjf.scjn.gob.mx/. Obtenido de
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Epoca=&Apendice=&Expresion=&Dominio=Rubro&TA_TJ=&Orden=1&Clase=DetalleTesisBLTematica&NumTE=70&Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=0&InstanciasSeleccionadas=&ID=902610&Hit=14&IDs=2013868,2010145
Nación, S.
C. (1990). https://sjf.scjn.gob.mx/. Obtenido de https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Epoca=&Apendice=&Expresion=&Dominio=Rubro&TA_TJ=&Orden=1&Clase=DetalleTesisBLTematica&NumTE=70&Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=0&InstanciasSeleccionadas=&ID=1002055&Hit=8&IDs=2013868,2010145
Nación, S.
C. (1991). https://sjf.scjn.gob.mx/. Obtenido de
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Epoca=&Apendice=&Expresion=&Dominio=Rubro&TA_TJ=&Orden=1&Clase=DetalleTesisBLTematica&NumTE=70&Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=1&InstanciasSeleccionadas=&ID=223970&Hit=30&IDs=319289,268344,2
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