viernes, 1 de febrero de 2019

Los contratos civiles. Unidad 3, Actividad integradora S7.


Persona, familia, bienes y sucesiones.
Los contratos civiles.
Unidad 3, Actividad integradora S7.
Profesora: Lic. Rosa Elia Sigala García.
Alumno: José Rubén Morales Solorio.
Mayo 18.




Actividad 1
Selecciona los dos contratos facilitados por tu docente en línea en la sección Planeación del (de la) docente en línea.

Identifica los elementos de existencia y requisitos de validez apoyándote en la siguiente tabla:

Contrato 1: Contrato de matrimonio:

Elementos de existencia
Consentimiento
 Se expresa de manera escrita.
Objeto
 Unirse en matrimonio.
Solemnidad
 Se celebra ante un juez del registro civil.
Requisitos de validez
Capacidad legal de las partes
 Los contrayentes son mayores de edad.
Ausencia de vicios del consentimiento
 No existe, ya que no ha sido dado por error, arrancado por violencia o sorprendido por dolo.
Licitud en el objeto, motivo y fin
 No existe, ya que el contrato está avalado por el orden jurídico.
Formalidad
 Es por escrito y de manera pública.


Contrato 2: Contrato de prenda:

Elementos de existencia
Consentimiento
 Se expresa de manera escrita.
Objeto
 que el acreedor tenga la certeza del cumplimiento de la obligación.
Solemnidad
 No existe en este contrato.
Requisitos de validez
Capacidad legal de las partes
 Las partes son mayores de edad.
Ausencia de vicios del consentimiento
 No existe, ya que no ha sido dado por error, arrancado por violencia o sorprendido por dolo.
Licitud en el objeto, motivo y fin
 No existe, ya que el contrato está avalado por el orden jurídico.
Formalidad
 Es por escrito y de manera privada.


Reflexiona entorno a la siguiente pregunta: 
¿Cuál es la importancia de clasificar el contrato?
Es de suma importancia, ya que de esta manera podemos identificar si son civiles, mercantiles, laborales y administrativos y en base a esto determinar sus respectivas normas jurídicas.

Actividad 2.
Analiza el contrato facilitado por tu docente en línea para esta actividad, interpretando su sentido, a partir de las siguientes preguntas:
1.    ¿De qué tipo de contrato se trata?
De Mandato.
2.    ¿Cuáles son sus cláusulas?
Primera. - El Sr. Eduardo Manzanares Calderón le encarga la administración de este inmueble al Sr. Fernando Gómez Montero estando este último de acuerdo en aceptar dicha administración.
Segunda. - Todos los actos jurídicos celebrados en virtud de este contrato los realizará el señor Fernando Gómez Montero a nombre y representación del Sr. Eduardo Manzanares Calderón.
Tercera. -  El Sr. Eduardo Manzanares Calderón faculta al Sr. Fernando Gómez Montero para que celebre los contratos de arrendamiento que, sobre la casa dada en administración, fije la cantidad mensual de $ 7200.00 (siete mil doscientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de renta, y por un plazo no mayor de un año.
Cuarta. - Del contrato de arrendamiento que se celebre por parte del Fernando Gómez Montero, entregará una copia al propietario Sr. Eduardo Manzanares Calderón, para que constate su existencia.
Quinta. - De conformidad con la ley aplicable vigente en la ciudad de México se facultará al señor Sr. Eduardo Manzanares Calderón para sustituir al Sr. Fernando Gómez Montero de su encargo.  En caso de que el Sr. Fernando Gómez Montero haya expresado su deseo de ser sustituido, la decisión deberá recaer sobre el Sr. Fernando Gómez Montero, para hacer la sustitución cuando así lo desee este último.
Sexta. - Fernando Gómez Montero deberá exigir fiador a la persona con la que celebre el arrendamiento respecto del bien inmueble antes mencionado. Dicho fiador deberá ser persona solvente y de reconocida honorabilidad; y pactar, en dicho contrato de arrendamiento, que dicho fiador renuncia a los beneficios de orden y excusión.
Séptima. - Fernando Gómez Montero recibirá como retribución un 30 % del valor total de la renta, que deducirá cada mes, y el resto lo enviará a Eduardo Manzanares Calderón su domicilio ya citado, o lo depositará en una cuenta debidamente estipulada.
Octava. - En todo lo relacionado en que no se hubieran dado instrucciones, el Fernando Gómez Montero deberá consultar al Eduardo Manzanares Calderón, siempre que lo permita la naturaleza del negocio.
3.    ¿Cuál es su fundamento legal?
El artículo 2546 del CC
4.    ¿Cuáles son los elementos de existencia y los de validez?
Elementos de existencia
Consentimiento
 Se expresa de manera escrita.
Objeto
 La administración de un inmueble.
Solemnidad
 No existe en este contrato.
Requisitos de validez
Capacidad legal de las partes
 Las partes son mayores de edad.
Ausencia de vicios del consentimiento
 No existe, ya que no ha sido dado por error, arrancado por violencia o sorprendido por dolo.
Licitud en el objeto, motivo y fin
 No existe, ya que el contrato está avalado por el orden jurídico.
Formalidad
 Es por escrito y de manera privada.


Actividad 3.
Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
1.    Con base en éste, identifica el tipo de contrato a redactar, y redáctelo, considerando lo siguiente:
·         Elementos de validez.
·         Elementos de existencia.
·         Razón del tipo de contrato.
·         Fundamento legal.

Contrato de Mutuo que celebran el C. Juan Pablo García López, por una parte, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUANTE”; y por una segunda la C. Norma Cruz Ramírez, quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUARIO”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

D E C L A R A C I O N E S

Declara El Mutuario:
1.    Ser una persona física de nombre Juan Pablo García López, de nacionalidad mexicana, haber nacido en la Ciudad de México el 06 de enero de 1981, estado civil casado, con domicilio en calle de López número 14, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, CP. 01111 en la Ciudad de México.



Declara El Mutuante:

2.    Ser una persona física de nombre Norma Cruz Ramírez de nacionalidad mexicana, haber nacido en la Ciudad de México el 04 de octubre de 1978 estado civil casada con domicilio en Av. 599, No. 12, San Juan de Aragón, Delegación Gustavo A. Madero, CP. 87654.

Expuesto lo anterior, las partes deciden celebrar el presente acuerdo de voluntades al tenor de las siguientes:

CLÁSULAS

Primera. - El Mutuante da en préstamo al Mutuario la suma de $100.00 (cien mil pesos .00/100 m.n.) en cheque o transferencia.

Segunda. - El Mutuario se obliga a devolver el capital dado en mutuo, en un plazo de 3 meses contado a partir de la fecha de firma del presente contrato, siendo dicho plazo forzoso para El Mutuante, y voluntario para el Mutuario, más un 10% de interés mensual.

Tercera. - El pago del capital, serán en cheque o Transferencia del Mutuario.

Cuarta. - El presente préstamo deberá cancelarse en pesos mexicanos.

Quinta. - El Mutuante podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si El Mutuario falta al exacto cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contra-falta el exacto cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas.

Sexta. - El Mutuario podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si paga la totalidad del capital en préstamo antes del plazo estipulado.

Séptima. - El Mutuario quedará liberado del pago del préstamo en los casos de disolución, enajenación o por común acuerdo entre mutuario y mutuante.

Octava. - El presente contrato surtirá efectos a partir del momento en que sea firmado.

Novena. - Las partes convienen someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando al fuero que por razón de su domicilio actual o posterior les corresponda, para el efecto de interpretar y dar cumplimiento al presente contrato.

Una vez leído el contenido, del presente contrato, las partes estando conformes con sus alcances, lo firman en la Ciudad de México, a los 25 días del mes de julio del 2018.




________________________________                _____________________________
              Juan Pablo García López                                Fernando Gómez Montero   
                              Firma                                                               Firma




                              Testigo                                                           Testigo


_________________________________         _________________________________
           Rubén Morales Solorio                                    Jose Luis Javier Hernández Rodríguez
        
                         Firma                                                                     Firma




2.    En otro apartado del archivo, responde las siguientes preguntas:

a)    ¿Cuáles son las causas de terminación del contrato de comodato?
·         Por la caducidad voluntaria.
·         La muerte del comodatario.

b)    ¿En qué casos la donación puede ser onerosa?
Cuando se le imponen ciertas contraprestaciones o gravámenes al donatario.

c)    ¿En qué casos la donación puede ser revocada por ingratitud del donatario?
·         En caso de que el donatario cometa algún delito contra la persona, la honra o los bienes del donante o de los ascendientes, descendientes o cónyuge de éste.
·         En el caso de que el donatario rehúse a socorrer según el valor de la donación, al donante que ha venido en pobreza.

d)     ¿En qué momento se cancela la hipoteca?
Cuando se da cumplimiento a la obligación garantizada.

e)     ¿Qué tipos de fianza existen?
Tipos de Fianzas
FIANZAS DE FIDELIDAD
Garantiza el resarcimiento de algún daño causado por los delitos de: robo, fraude, abuso de confianza o peculado.
Subramos:
a) Fianza Individual: para un empleado, generalmente relacionadas con operaciones clave.
b) Fianzas de Cédula: cuando se pretende afianzar solo a un grupo de empleados, aunque fueren personas con distintos puestos.
c) Fianza Colectiva: Comprende la totalidad del personal de una empresa.
d) Fianza Global de responsabilidad limitada y por estratos: se afianza agrupando el personal administrativo de una empresa con diferentes niveles de responsabilidad.
e) Fianza en exceso a la global: Para cubrir responsabilidades de aquellos empleados que por excepción y riesgos son diferentes a la generalidad.
f) Fianza de monto único para vendedores: para la totalidad de los vendedores o comisionistas.

FIANZAS JUDICIALES
Garantizan el cumplimiento de los deberes y obligaciones de cualquier persona dentro de un procedimiento judicial.
Subramos:
a) Fianzas Judiciales Penales: tiene por objetivo que el reo evada la acción de justicia.
Fianza de Libertad Provisional.
Fianza de Condena (libertad) condicional.
Fianza de Libertad Preparatoria.
b) Fianza Judicial Civil: para garantizar los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el procedimiento judicial a terceros.
Fianza de Providencia Precautoria.
Fianza de Levantamiento de Providencia Precautoria.
Fianza de Cargo (gestor judicial, síndico o manejo como albacea)
Fianza de Pensión alimenticia.
Fianza Judicial de amparo.

c) Judiciales que amparen a los conductores de vehículos automotores.

FIANZAS ADMINISTRATIVAS.
Fianzas para Licitación. - Sirven para garantizar sostenimiento de ofertas de proveedores y/o contratistas en procesos de licitaciones nacionales e internacionales.
Fianzas de Concurso. - Se utilizan para garantizar las ofertas de los proveedores y/o contratistas en concursos de obra y/o proveeduría.
Fianzas para Concurso. - Garantizan que el proveedor y/o contratista sostenga su oferta en concursos o licitaciones.
Fianzas de Inconformidad Fiscal (lugar 07). - Se expiden para garantizar el crédito fiscal derivado de la imposición de multas por adeudos fiscales.

FIANZAS FISCALES.
Fianza de cumplimiento. - Garantizan el cumplimiento de obligaciones de hacer (obra), entregar o dar (proveeduría), dar (pago de rentas pensión alimenticia, etc.) o no hacer (pena convencional por hacer algo indebido).
Fianzas de Buena Calidad o fianzas de vicios ocultos -. Se utilizan para garantizar que se cumpla con lo estipulado en el contrato en cuanto a la buena calidad de los materiales o que no exista algún error oculto que a través del transcurso del tiempo se llegue a descubrir.
Las fianzas de vicios ocultos se obtienen cuando ya se ha entregado una obra o entregado un producto.
Fianzas para Terminales Punto de Venta o fianzas para comercio electrónico. - Estas fianzas de terminal para punto de venta garantizan que el proceso de pago por parte del poseedor de la terminal (afiliado, representantes, vendedores o cualquier otro empleado), sea el correcto y no exista dolo ni mala fe o negligencia en cada transacción.


FIANZAS PARA PROVEEDORES DE CERTIFICADOS FISCALES DIGITALES (CFD)
Fianza de rifas y sorteos: Garantizan la entrega de los premios prometidos al público por la celebración de rifas o sorteos, así como fechas y condiciones de los mismos sorteos.
Fianzas de convenio de pago en abonos. Se garantiza el pago ya reconocido de adeudos fiscales o de impuestos locales por parte de particulares hacia la autoridad correspondiente.

FIANZAS DE CREDITO
Fianzas para gasolineras. - Las fianzas para las gasolineras garantizan el pago del crédito otorgado por Pemex, derivado del suministro de combustibles.
Fianzas de importación y exportación temporal: Garantiza el pago del interés fiscal o multa por el no retorno de mercancías o bienes a su país de origen (importación temporal) o nuestro país en caso de exportación de los bienes o mercancías.
Fianzas de concesiones, permisos, patentes y autorizaciones: Estas fianzas garantizan las obligaciones de particulares que se derivan de la obtención de concesiones (espacio electromagnético, TV, telefonía celular y fija, señal de radio, etc.); permisos de uso y disfrute de bienes de carácter particular (estacionamientos, vía pública, etc.); patentes de bienes y servicios de propiedad exclusiva del gobierno y autorizaciones específicas sobre otros bienes y servicios.

f)      ¿En qué momento se perfecciona la compraventa?
A la firma del contrato, en los términos del artículo 2014 del CC.


g)     ¿Cuáles son los requisitos del contrato de promesa?
Debe constar por escrito y contener los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo.

h)     ¿Pueden pactarse contratos sobre frutos que no existen aún en la naturaleza?
Si se puede pactar, ya que uno de los requisitos del objeto indica lo siguiente:
“Existir en la naturaleza: Debe existir físicamente en la naturaleza; incluyendo las cosas futuras. Se les llama así, por que al momento de celebrar el contrato no existen, pero con el tiempo pueden nacer o existir en la naturaleza.”



Referencias

http://www.fianzasafianzadorasyagentesdefianzas.com.mx. (s.f.). http://www.fianzasafianzadorasyagentesdefianzas.com.mx/tipos_de_fianzas.html. Obtenido de http://www.fianzasafianzadorasyagentesdefianzas.com.mx/tipos_de_fianzas.html



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