Derecho Administrativo y servicio público.
Recurso administrativo.
Unidad 2, Actividad integradora S2.
Profesor: Lic. Miguel Angel Aguilar Vazquez.
Alumno: José Rubén Morales Solorio.
Enero 19.
Introducción:
Continuando con el Derecho Administrativo
como una rama del Derecho Público, estaremos conociendo a detalle las diversas
acciones que realiza la administración pública, así como sus diferentes
componentes y elementos que concuerden a un acto administrativo.
También conoceremos acerca de las diferentes
responsabilidades de los diferentes servidores públicos, su regulación, el
procedimiento para fincar dicha responsabilidad y la forma en que se puede
sancionar, así como quien o quienes están facultados para hacerlo.
Por último, veremos los medios legales con
los que cuenta un particular para impugnar o someter a revisión un acto
administrativo en el pudiera existir una afectación., ya sea a sus derechos o
intereses.
Desarrollo:
1. Plantea un ejemplo de Acto Administrativo dentro de la
administración pública.
Un ejemplo es la adjudicación
de una licitación.
2. Identifica dentro de una tabla, los
siguientes puntos:
Elementos del acto
administrativo
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Órgano
competente
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La Secretaría, ya sea centralizada,
descentralizada, desconcentrada o paraestatal que haya lanzado la
convocatoria la licitación.
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Voluntad
administrativa
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La publicación de las bases por
parte del órgano para dicha licitación.
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Motivo o
causa
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La necesidad de la adquisición de;
un servicio, recurso material o humano, etc. Por parte del órgano.
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Contenido y
objeto
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La especificación de los
requerimientos de lo que se solicita en las bases.
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Finalidad
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La invitación pública para
participar en dicho concurso, con el fin de adjudicar a quien cumpla con lo
necesario el pedido de lo solicitado.
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Forma
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Dicha convocatoria se deberá
publicar en el DOF, de acuerdo con lo que establece la ley.
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Alternativas
en la ejecución del acto
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Para este caso concreto, al
producirse una obligación al particular que resulte ganador del concurso, el
acto deberá ser obedecido de forma voluntaria.
En caso de que no suceda, el órgano
podrá imponer una sanción al particular, de acuerdo con lo establecido en las
bases y el contrato.
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Formas de
extinción del acto administrativo.
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Se podrá extinguir con em
cumplimiento de la obligación adquirida, previamente establecida en las bases
y contrato.
O bien, por revocación por parte
del interés público.
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Supuesto
nulidad o anulabilidad del acto administrativo
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Se podrá anular el acto cuando se
encuentren vicios evidentes y trascendente en el mismo.
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3. Elabora la siguiente tabla, comparando
los elementos que definen las responsabilidades civiles y políticas de los
servidores públicos, así como las responsabilidades patrimoniales del Estado:
Responsabilidades civiles de los
servidores públicos
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Responsabilidades políticas de los
servidores públicos
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Responsabilidades patrimoniales del
Estado
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a. Consiste en que un particular puede demandar al estado por la vía civil
por algún daño causado en su contra.
b. Para que esta tenga efecto, el sujeto deberá ser servidor
Público.
c. La acción u omisión en que incurra el Servidor Público deberá ser
llevada en el ejercicio de sus funciones, de otra forma, no podrá ser
imputable.
d. De acuerdo con el artículo 2108 del CCDF, el daño puede ser material en
perjuicio del patrimonio del particular.
e. También se puede causar daño moral, y este se tipifica cuando la
afectación del particular es en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro,
honor, reputación, vida privada y configuración física. Esto se establece en
el artículo 1916 del mismo código.
f. No se produce
responsabilidad del servidor público, cuando existe culpa inexcusable del
particular, por eso es sumamente importante establecer con precisión el nexo causal, donde se indique con
toda precisión el daño.
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a. Se regula por la
Constitución y se lleva a cabo mediante Juicio Político.
b. Su objetivo es investigar
posibles actos u omisiones que causen dalo en prejuicio de los intereses
púbicos. Dichas conductas están enlistadas en el artículo 7 de la Ley Federal
de Responsabilidades de los Servidores Públicos
c. Dicho
procedimiento (juicio político) puede tener como resultado en caso de una
responsabilidad, la destitución o inhabilitación del funcionario o servidor público.
d. Las Cámara de
Diputados y de Senadores son las encargadas de ser el órgano que llevará acabo
la acusación y será también el jurado, esto de acuerdo con el artículo 110 de
la Constitución.
e. El Ministerio
Público conocerá de la averiguación previa y el Juez penal el juicio, si es
que el MP encuentra los elementos para consignar l carpeta de investigación.
f. Las sanciones en
caso de encontrarse responsables pueden ser desde la prisión, hasta una multa,
destitución e inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones
públicas.
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a. En esta
responsabilidad, no se tiene que probar una responsabilidad específica de un
servidor público, ya que la responsable es la Institución con tal, de acuerdo
con el artículo 113 de nuestra Constitución.
b. Deberá realizarse
solo la reclamación, sin señalar a una persona en específico.
c. Para poder mostrar
la Existencia del daño, se debe aportar las pruebas que señalen el daño,
preferentemente cuantificándolo.
d. Se deberá también
señalar la actividad administrativa irregular, además del probar el daño.
e. Habrá que
comprobar que hay una relación entre la irregularidad administrativa y el
daño.
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4.
Espera el caso proporcionado por tu docente en línea y en un documento
de texto, completa la siguiente tabla.
Caso
Con Fecha 21 de
enero de 2019, JUAN ANTONIO VAZQUEZ PARRA al llegar a su domicilio encontró
bajo su puerta de entrada, Oficio No. 0012/2019 en el que el Instituto
Mexicano del Seguro Social, a través del H. Consejo Consultivo Delegacional,
Subdelegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México y derivado del procedimiento
administrativo número 025469, mediante el cual le requieren la presentación
de declaraciones y el pago de Cuotas Obrero Patronales correspondientes al
mes de Noviembre de 2018, imponiendo multa por la cantidad de $27,590.00
(Veintisiete Mil Quinientos Noventa Pesos 00/100 Moneda Nacional).
Revisar los
siguientes artículos: 1, 8 y 16 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 116, 117, 121, 122, 123, 134 y 137 del Código Fiscal de la
Federación.
NOTA: Se debe
entender al IMSS, como Autoridad Fiscal Administrativa, cuando actúe como
órgano fiscal autónomo en la recaudación de contribuciones y obligaciones
tributarias.
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Recurso señalado en la legislación
mexicana
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Ante qué autoridad se interpone
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El particular puede solicitar:
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Reconsideración administrativa
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Este recurso, puede interponerse ante la misma autoridad que dicta la
resolución que daña al particular, es decir, el órgano responsable del acto
administrativo impugnado.
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Se puede solicitar la modificación o reconsideración del acto.
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Revocación administrativa
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Puede presentarse a través del buzón tributario o bien, ante la
autoridad competente que emitió o ejecuto el acto, que en este caso fue el H.
consejo Consultivo Delegacional, Subdelegación igual Hidalgo, en la CDMX. De
acuerdo con el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación.
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De acuerdo con el artículo 137 del CFF, el particular puede solicitar
la revocación, toda vez que no fue notificado personalmente.
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Revisión
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Se puede interponer ante la autoridad que emitió el acto impugnado y
será resuelto por el superior jerárquico.
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Un recurso de revisión, el cual suspenderá la ejecución del acto
impugnado. De acuerdo con el artículo 87 de La Ley Federal de Procedimiento
Administrativo.
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Conclusiones:
A través de la unidad pudimos conocer diferentes
aspectos de la administración pública, los actos que puede realizar y sus
elementos que los conforman. Las diferentes alternativas en las que se pueden
ejecutar, sus formas de extinción, etc.
Abordamos lo diferentes tipos de responsabilidades
de la función pública y en que casos y como aplican. También revisamos los
diferentes recursos a los que un particular puede echar mano para los actos
administrativos que algún órgano o autoridad competente llegase a iniciar en su
perjuicio.
Lo cual resulta bastante útil, ya que deberemos
aplicar estos conocimientos para saber a quien y como deberemos dirigirnos en
nuestra vida jurista.
Legislación:
·
Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).
·
Código Fiscal de la Federación (CFF).
·
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
·
Código Civil para el Distrito Federal.
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