Relaciones
individuales de trabajo.
Fuentes y legislación del Derecho del Trabajo en México.
Unidad
1, Actividad integradora S2.
Profesor:
Lic. Keiko
Alejandra Casillas De La Vega.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Julio
19.
Introducción:
En esta sesión estaremos analizando un
poco más a fono “Las fuentes del derecho del trabajo” y sus antecedentes
históricos, los derechos laborales que existen en nuestro país y como estos
forman parte de los derechos fundamentales.
También veremos las diferentes autoridades
jurisdiccionales que regulan las normas laborales.
Desarrollo:
1.
Lee
tu texto de apoyo desde el apartado “Fuentes del Derecho del Trabajo” hasta
“Leyes que regulan el trabajo en México” e indica las diferencias que estipulan
los apartados A y B del artículo 123 constitucional y la ley reglamentaria para
cada apartado, a partir de un cuadro a doble entrada, como el que se presenta a
continuación:
Criterio
|
Apartado A
|
Apartado B
|
Sector del
trabajador
|
El apartado A regula las relaciones laborales entre trabajadores y
patrones de la iniciativa privada.
|
El apartado B regula las relaciones laborales entre el gobierno
(sector público) y sus trabajadores.
|
Jornada
laboral
|
Los dos
apartados tienen coincidencia en señalar que la jornada laboral máxima diurna
deberá ser de 8 horas y la nocturna será de 7 horas
|
Los
dos apartados tienen coincidencia en señalar que la jornada laboral máxima
diurna deberá ser de 8 horas y la nocturna será de 7 horas
|
Horas
extras
|
De igual forma, los dos apartados coinciden en que cada hora extra que
el trabajador labore, se deberá remunerar con un 100$ fijo y prohíben que
excedan 3 horas diarias.
|
De igual forma, los dos apartados coinciden en que cada hora
extra que el trabajador labore, se deberá remunerar con un 100$ fijo y
prohíben que excedan 3 horas diarias.
|
Salarios
|
Los
salarios son fijados por una comisión nacional.
|
“Los
salarios profesionales serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que
su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de estos”
|
Edad para
laborar
|
Este apartado si hace alusión a la edad mínima para labora.
|
Este apartado no hace referencia a este tema.
|
Mujeres
embarazadas
|
Se
menciona acerca de los derechos en el periodo de embarazo o lactancia.
|
Se
menciona acerca de los derechos en el periodo de embarazo o lactancia, además
de los derechos de asistencia médica, medicamentos y guarderías por parte del
Estado.
|
2.
Consulta
el artículo 523 de la Ley Federal del Trabajo, identificando las autoridades
del trabajo e investiga sus funciones.
Funciones
|
|
Secretaría
del Trabajo y Previsión Social
|
“tiene
a su cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, otras leyes y
tratados, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del
Presidente de la República”
|
Centro
Federal de Conciliación y Registro Laboral
|
Revisiones
de los contratos de los trabajadores para su aprobación, realizar registros
sindicales y contratos colectivos.
|
Centros
de Conciliación en materia local
|
La
resolución de manera más expedita los conflictos entre patrones y
trabajadores.
“Llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo,
de los reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales,
así como establecer un Servicio Profesional de Carrera, seleccionar mediante
concurso abierto a su personal, y tener planes de capacitación y desarrollo
profesional”
|
Procuraduría
de la Defensa del Trabajo
|
“órgano
desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que
tiene la misión de proteger los derechos de las y los trabajadores ante la
autoridad laboral, mediante los servicios de asesoría, conciliación y
representación legal”
|
Servicio
Nacional de Empleo
|
“se
ocupa de atender de manera gratuita y personalizada los problemas de
desempleo y subempleo en el país en beneficio de sus habitantes”
|
Inspección
del Trabajo
|
“Vigilar
directamente o a través de las Delegaciones Federales del Trabajo, el
cumplimiento de la normatividad laboral, mediante visitas de inspección,
asesoría u otros mecanismos alternos, para propiciar el trabajo digno o
decente, con personal calificado y herramientas tecnológicas”
|
Comisión
Nacional de los Salarios Mínimos
|
“órgano
responsable legalmente de llevar a cabo la fijación de los salarios mínimos
generales y profesionales”
|
Comisión
Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las
Empresas
|
“es la
encargada de fijar el porcentaje de la renta gravable determinada, al que
tienen derecho los trabajadores que es del 10%, según la resolución de la
Quinta Comisión Nacional para la Participación de las Utilidades”
|
3. Espera el caso facilitado por tu docente
en línea.
Adrián
Martín, trabaja para una persona que se dedica a la construcción, te consulta
y comenta que cuando se trata de una obra grande, su jefe no le hace firmar
contrato, y puede durar hasta 2 años trabajando, nunca ha tenido problemas
con el servicio médico y su jefe le cubre todos sus sueldos y hasta
prestaciones como aguinaldo. Su duda es que desde marzo ya no han tenido
ninguna obra grande y le extraño que en la obra en la que están ahora, el
jefe si le pidió firmar contrato y ahí dice que trabajará mientras dura el
desarrollo del edificio ubicado en Mérida 503, Col. Ampliación del Ángel.
Otra cosa que le preocupa es que el sueldo que el recibe bajo un poco, porque
el jefe le dijo que es para pagar su Infonavit.
|
Resuelve cubriendo los siguientes
aspectos:
a)
Reconoce
las figuras que intervienen. Se sugiere revisar lo estudiado en la sesión.
R=
Trabajador y patrón directo (contratista).
b)
Señala
la relación laboral que se establece, el tipo de contrato y la duración de la
relación de trabajo.
R=
La relación laboral es de índole obrero patronal, el tipo de contrato es
por obra determinada, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley Federal
del Trabajo y la duración es mientras dura el desarrollo del edificio
ubicado en Mérida 503, Col. Ampliación del Ángel.
c)
Identifica
los cuerpos normativos, artículos y principios que se transgreden.
R=
El cuerpo normativo es la Ley Federal del Trabajo (LFT) en sus artículos 20,
segundo párrafo, 21, 24, 28 fracción III y 132 fracción I.
d)
Señala
las autoridades laborales que deben intervenir y de qué manera.
R=
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Centros de Conciliación
en materia local y la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Conclusiones:
Después de haber realizado las
actividades correspondientes a esta sesión, hemos logrado adentrarnos un poco
más a los antecedentes y fuentes del derecho laboral.
Así mismo, hemos hecho un análisis y
hemos indicado algunas de las diferencias que estipulan los apartados A y B del
artículo 123 constitucional y la ley reglamentaria para cada apartado.
También hemos conocido cuales son las autoridades
del trabajo y analizado cada una de sus funciones, lo cual nos permitirá
conocer las instancias correspondientes a quien nos deberemos dirigir en
nuestra vida como abogados.
Legislación:
Online
Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados, México,
última Reforma 02 de julio de 2019, consultado el 27 de julio de 2019,
recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Online
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos,
Cámara de Diputados, México, última Reforma 06 de junio de 2019, consultado el 27
de julio de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060619.pdf
Referencias:
Online
México, G.
d. (2018). https://www.gob.mx/. Obtenido de https://www.gob.mx/conampros/documentos/utilidades-para-los-trabajadores
México, G. d. (2019). https://www.empleo.gob.mx/.
Obtenido de
https://www.empleo.gob.mx/SNE/acerca-del-sne;JSESSIONIDPORTAL=q0K8d7BMyWmPyvJD7pLTWhJZk17xzvSd2nD2kg6v1P15DdTSv28R!961920333
México, G. d. (2019). https://www.gob.mx/.
Obtenido de https://www.gob.mx/stps/que-hacemos
México, G. d. (2019). https://www.gob.mx/.
Obtenido de https://www.gob.mx/profedet/que-hacemos
México, G. d. (2019). https://www.gob.mx/.
Obtenido de https://www.gob.mx/conasami/documentos/consulta-de-los-salarios-minimos-profesionales
Ortega, A. (2019). https://politica.expansion.mx/.
Obtenido de
https://politica.expansion.mx/congreso/2019/04/09/reforma-laboral-adios-juntas-de-conciliacion-hola-nuevos-centros
Social, S. d. (2015). http://www.stps.gob.mx.
Obtenido de
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/quienes_somos/quienes_somos/inspeccion/Inspeccion_federal.html
Vega, V. (2014). https://prezi.com/. Obtenido
de https://prezi.com/byitzynonoez/cuadro-comparativo-art-123/
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