Relaciones Colectivas de Trabajo y
Seguridad Social.
Organizaciones
colectivas de trabajo.
Unidad 2, Actividad integradora S3.
Profesor: Lic. Keiko Alejandra Casillas De La Vega.
Alumno: José Rubén Morales Solorio.
Septiembre 19.
Introducción:
Veremos en esta sesión el Derecho
Colectivo del Trabajo, sus figuras y sujetos e instituciones que lo integran.
Se analizarán los diferentes tipos de
sindicatos, sus regulaciones, objetivos, requerimientos ara confirmarse y sus derechos
y obligaciones.
Desarrollo:
1.
Identifica
a partir de un cuadro comparativo las diferencias entre el Derecho Individual y
el Colectivo.
Derecho Individual |
Derecho Colectivo |
Regula los contratos laborales de los
particulares. |
Regula los contratos laborales
colectivos. |
Busca la
igualdad entre los trabajadores |
Busca la igualdad en lo
colectivo. |
Supervisa los derechos y obligaciones
de los trabajadores y los patrones de manera individual. |
Supervisa los derechos y obligaciones
de los trabajadores y los patrones a través de los sindicatos. |
Busca
mejorar las condiciones de trabajo de manera individual. |
Busca mejorar las
condiciones de trabajo de manera colectiva. |
2.
Consulta
la legislación en la materia y completa al siguiente cuadro a doble entrada:
|
|
Sindicatos |
Federaciones |
Confederaciones |
Clasificación
o tipos |
Pueden ser de trabajadores o de
patrones. |
Gremiales, de empresa,
Industriales, Nacionales de industria, De oficios varios, |
No hay clasificaciones o
diferentes tipos. |
No hay clasificaciones o
diferentes tipos. |
Derechos
de sus integrantes |
“Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para
coaligarse en defensa de sus respectivos intereses” |
“Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin
autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes,
así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los
estatutos de las mismas” |
De acuerdo con el artículo 374 de la Ley Federal del Trabajo, gozan de
los mismos derechos que los sindicatos. |
De acuerdo con el artículo 374 de la Ley Federal del Trabajo,
gozan de los mismos derechos que los sindicatos. |
Obligaciones
de sus integrantes |
Cuando se reúnan a protestar
contra alguna autoridad, no proferir injurias contra ésta,” ni se hiciere uso
de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el
sentido que se desee” |
“No pueden ingresar en los sindicatos de
los demás trabajadores, los trabajadores de confianza” Proporcionar los informes que
soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente
a su actuación como sindicatos. |
“Las federaciones y confederaciones
deben registrarse ante la Autoridad Registral.” |
“Las federaciones y
confederaciones deben registrarse ante la Autoridad Registral.” |
Prohibiciones |
Actos Ilícitos |
Intervenir en asuntos religiosos, ejercer la profesión de
comerciantes con ánimo de lucro, |
Las mismas obligaciones que los sindicatos. |
Las mismas obligaciones que los sindicatos. |
Duración |
Temporal y permanente |
Permanente |
Temporal y permanente |
Temporal y permanente |
Objetivos
y fines |
“acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para
la defensa de sus intereses comunes.” |
son asociaciones que buscan el estudio de los derechos de sus
agremiados, pero sobre todo, el mejoramiento de sus condiciones laborales y
la defensa de sus intereses. |
“busca centralizar todas las aptitudes y beneficios de sus miembros
como uno solo” |
“busca la mayor autonomía de sus integrantes” |
Requisitos
y formalidades |
Deberá conformarse por un
mínimo de 2 trabajadores. |
“deberán constituirse con un mínimo
de veinte trabajadores o con tres patrones, por lo menos” |
“deberán constituirse por al menos
dos organizaciones sindicales” |
“una confederación puede
constituirse de tres federaciones” |
Causas de
disolución |
“desaparece al ser cumplido
el interés que la origina o bien al confirmarse la imposibilidad de
realizarlo” |
·
Cuando deja de existir el número
mínimo de personas para la constitución de un sindicato. ·
Por voluntad libre de los
agremiados. ·
Cuando el sindicato no cumple
algunos de los requisitos legales. |
Las mismas causas que las del sindicato. |
Las mismas causas que las del sindicato. |
3. Espera
el caso proporcionado por tu docente en línea.
CASO
Un
grupo de empresarios del sector farmacéutico, han detectado que sus intereses
serían mejor representados si se organizaran de manera colectiva. Identifica
que figura sería la más adecuada y desarrolla el acta constitutiva
correspondiente. |
4. Resuélvelo
a partir de la propuesta de una coalición, sindicato, federación o
confederación.
R= La
mejor manera más adecuada de ser representados es mediante la creación de un
sindicato formados por patrones de una o varias ramas de actividades, de
acuerdo con el artículo 361 fracción I de la Ley Federal del Trabajo.
5. Redacta
un acta constitutiva para su conformación.
ACTA
CONSTITUTIVA DEL SINDICATO NACIONAL DE PATRONES DEL
SECTOR
FARMACÉUTICO
En la Ciudad de México, siendo las nueve
horas del día síes de septiembre de dos mil diecinueve, estando reunidos en la
Avenida 599, número 152, en la Colonia San Juan de Aragón, Alcaldía Gustavo A.
Madero, Código Postal 07920; en uso de la palabra el C. Rubén Morales Solorio,
informa a los presentes el objeto de
esta reunión es con motivo de constituirse en Asamblea para la formación del
SINDICATO NACIONAL DE PATRONES DEL SECTOR FARMACÉUTICO, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 361, de la Ley Federal del Trabajo, “La reunión tuvo por objeto constituir un
sindicato de patrones del sector farmacéutico con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 356, 357, 364 y demás
relativos de la Ley Federal del trabajo. Fueron designados por UNANIMIDAD de
votos para dirigir los debates de esta Asamblea Constitutiva, las siguientes
personas: “
Presidente: Rubén Morales Solorio
Secretario: Elena Andrade Vélez
Vocal: Gabriel Morales Anguiano
Vocal: Diana Alfaro Solorio
Quienes
tomaron posesión de sus puestos. Seguida, la Asamblea designó por UNANIMIDAD de
votos a las siguientes personas como escrutadores: al C. Alejandra Hernandez
Pérez y al C. Pedro Sanchez Nasta, quienes procedieron a certificar la lista de
asistencia anteriormente mencionada, y a la identificación de las personas en
ella listadas, dando fe de
que se encontraron presentes los patrones del sector farmacéutico. cuyos
nombres se anexan en la lista de asistencia señalada como anexo UNO.
Acto seguido, el Presidente de la Mesa Rubén Morales Solorio, “expuso a sus compañeros que,
siendo conocido por todos los presentes el objeto de esta asamblea, sometía a
su aprobación el sujetarse al siguiente:”
ORDEN
DEL DÍA:
PRIMERO. - Lista de Asistentes.
SEGUNDO. - Elección de la mesa directiva
de la asamblea, “así como de las Comisiones de Vigilancia y de Honor y
Justicia.”
TERCERO. - Constitución del SINDICATO
NACIONAL DE PATRONES DEL
SECTOR FARMACÉUTICO.
CUARTO. - Discutir y aprobar, en su caso
los Estatutos de la Organización que inicia el día de hoy.
QUINTO. - Elección del Comité Ejecutivo
del Sindicato y toma posesión.
La asamblea ratificó por UNANIMIDAD de
votos el Orden del Día. y después de deliberar sobre los diversos puntos,
habiendo hecho uso de la palabra varios asistentes, el Secretario de Actas y
Acuerdos de la Asamblea Elena Andrade Vélez, hace constar las siguientes
resoluciones:
RESOLUCIONES
PRIMERA. – “Se acuerda por unanimidad de
votos constituir en este acto una asociación de”
SEGUNDA. - Se aprueban por unanimidad de
votos, para el período que inicia desde esta fecha hasta el día seis del mes de
septiembre del año 2020, el siguiente Comité Ejecutivo, con las atribuciones y
funciones que señalan los Estatutos: Secretario General: Elena Andrade Vélez,
Secretario de Organización: Jorge Aguirre Méndez, Secretario de Actas: Angélica
Solorzano Hernández, Secretario-Tesorero: Alejandro Enriquez Pérez.
TERCERA. - Quedan elegidos para integrar
la Comisión de Vigilancia por unanimidad de votos, para el período comprendido
desde esta fecha hasta la fecha de día seis del mes de septiembre del año 2020
con las atribuciones y funciones que señalan los Estatutos: Presidente:
Cristian Martínez Sanchez, Secretario: Gonzalo Fernandez Almada, Vocal: José
Martínez Luna, Vocal: Mariana Ortíz Sánchez.
CUARTA. - Quedan elegidos para integrar
la Comisión de Honor y Justicia, por una unanimidad de votos, para el período
comprendido desde esta fecha hasta la fecha de seis del mes de septiembre del
año 2020 con las atribuciones y funciones que señalan los Estatutos:
Presidente: Raúl Jimenez Razo, Secretaria: Carolina Gutiérrez Macias Vocal:
José Luis Molina López, Vocal: Enrique Calderon Nieto.
“Seguidamente, el Presidente de la Mesa
de Debates invitó a las personas que resultaron elegidas a la toma de posesión
de sus cargos, quienes manifestaron su aceptación y rindieron la protesta de su
fiel desempeño.”
No existiendo más asuntos relativos a
tratar el Secretario de la Mesa de Debates levantó el acta presente, la cual
fue aprobada por unanimidad, y el Presidente dio por terminada la asamblea a
las diecinueve horas del día seis del mes de septiembre del año 2020,
“firmándose el acta por los escrutadores, los miembros de la
propia. Mesa de Debates, los
del Comité Ejecutivo y los demás concurrentes que quisieron hacerlo.”
Ciudad de México a seis del mes de
septiembre del año 2019.
PRESIDENTE DE LA MESA DE DEBATES
Rubén Morales Solorio
SECRETARIA DE ACTAS Y ACUERDOS DE LA
ASAMBLEA
Elena Andrade Vélez
ESCRUTADORA
Alejandra Hernández Pérez
Conclusiones:
Hemos realzado el análisis del Derecho
Colectivo del Trabajo y sus sujetos y figuras, así como el estudio de sus
instituciones y como se conforman.
También se ha estudiado a la coalición,
el sindicato, la federación y la confederación y como se conforma cada una de
estas, sus propósitos, requisitos y formalidades, las cuales podrán servir en
un futuro para la conformación de este tipo de instituciones.
Legislación:
Online
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados, México, última
Reforma 09 de agosto de 2019, consultado el 06 de septiembre de 2019,
recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf
Online
Ley
Federal del Trabajo, Cámara de Diputados, México, última Reforma 02 de julio de
2019, consultado el 06 de septiembre de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Referencias:
Online
ARBITRAJE, T. F. (2016). http://www.tfca.gob.mx/.
Obtenido de http://www.tfca.gob.mx/work/models/TFCA/Resource/313/1/images/acta_snt_INBA.PDF
Buenderecho. (s.f.). http://www.buenderecho.com.
Obtenido de
http://www.buenderecho.com/formato-de-acta-de-asamblea-constitutiva-de-un-sindicato.html
Diputados, C. d. (2019). http://www.diputados.gob.mx/.
Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Diputados, C. d. (2019). http://www.diputados.gob.mx/.
Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf
LLC, R. H. (2017). https://runahr.com/.
Obtenido de
https://runahr.com/recursos/aspectos-legales/federaciones-y-confederaciones-sindicales/
Online, E. J. (2015). mexico.leyderecho.org.
Obtenido de https://mexico.leyderecho.org/coalicion-de-trabajadores/
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