M17 Práctica
forense civil y mercantil.
Juicio ordinario (etapas: probatoria, preconclusiva y de juicio).
Unidad
1, Actividad integradora S3.
Profesora:
Lic. Cristina Salgado Remigio.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Actividad
1.
1. Elabora un cuadro de doble entrada en el
que señales el rango de artículos que regulan las pruebas confesional,
documental, testimonial, de inspección judicial, pericial y presuncional, de
los juicios ordinario civil y mercantil, regulados por el Código de Comercio y
el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
|
Juicio
Ordinario Civil |
Juicio
Mercantil |
Prueba
confesional |
Del 308 al 326 del CPCDF |
Del 1211 al 1236 del CCo |
Documental |
Del 327 al 345 del CPCDF |
Del 1237 al 1251 del CCo |
Testimonial |
Del 356 al 372 del CPCDF |
Del 1261 al 1273 del CCo |
De
inspección judicial |
Del 354 y 355 del CPCDF |
Del 1259 al 1260 del CCo |
Pericial |
Del 346 al 353 del CPCDF |
Del 1252 al 1258 del CCo |
Presuncional |
Del 379 al 384 del CPCDF |
Del 1277 al 1286 del CCo |
Confesional |
Artículo 1009 del CPCDF |
Artículo 1390 Bis 41 del CCo |
2. Espera el caso proporcionado por tu
docente en línea y partir de dicho caso, señala si se satisface o no
los requisitos que para su ofrecimiento exige el código correspondiente, a
partir del siguiente cuadro:
Requisito
exigido por la legislación procesal (señalar su fundamentación) |
Satisfacción
del requisito en el caso |
Argumento
jurídico |
|
Sí |
No |
||
·
Documento privado Artículo 334 de CPCDF. ·
Se presenta en original. Artículo 336 del CPCDF. |
Si |
PAGARÉ
·
Se
trata de un pagare, reconocido como documento privado.
·
Se
exhibe el original del pagare. |
|
·
Confesional, Artículo 1009
del CPCDF |
Si |
|
CONFESIONAL
·
Ofrecimiento de prueba confesional para absolver posiciones,
donde se menciona “que se agregara en el momento procesal oportuno” las
cuales deberán estar en sobre cerrado. |
·
Se presentarán sus propios testigos. Artículo 357
del CPCDF |
Si |
TESTIGOS
·
El
promovente se compromete a presentar a sus testigos en la fecha y hora que el
juez señale. |
|
·
No se cumple con lo
dispuesto en el artículo 347 fracción I |
No |
PERICIAL
·
No se cumple con el requisito de explicar los
puntos sobre los que versará y las cuestiones que se deben resolver en la
pericial. ·
Tampoco se señala el domicilio ·
No se especifica la correspondiente relación de
tal prueba con los hechos controvertidos. |
Actividad 2.
- Espera el caso proporcionado
por tu docente en línea y con base en el caso planteado, redacta el
ofrecimiento de pruebas asumiendo la postura del demandado. Asegúrate de
cumplir todas las exigencias que, para cada prueba, exija la legislación
aplicable.
C. RAUL PEREZ LOPEZ.
VS.
C.
ROSA CARBAJAL LIRA
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL.
EXPEDIENTE: 1234/2006
OFRECIMIENTO
DE PRUEBAS.
C. JUEZ OCTAVO DE LO MERCANTIL DEL
DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E:
JOSÉ
RUBÉN MORALES SOLORIO,
promoviendo con el carácter y personería que tengo reconocidos dentro de los
autos del Procedimiento Mercantil número 1234/2006, seguido ante esta H.
Actuante por el C. RAUL PEREZ LOPEZ en contra de mi representada ROSA
CARBAJAL LIRA, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de
notificaciones el despacho jurídico profesional ubicado en el número ciento
cincuenta y dos de la calle Veracruz en esta ciudad de México, ante Usted, con
el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito venga
a ofrecer las siguientes:
PRUEBAS
I.
LA
PRUEBA CONFESIONAL, a cargo de la
parte actora, con el apercibimiento de que, en caso de no concurrir, se le
tendrá por confesa de las posiciones que se le articulen, mismas que serán
presentadas en sobre cerrado en el día hora que se señalen para la audiencia
respectiva, con arreglo a lo dispuesto, en los artículos 309, 310, 311, 323 y
325 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. (Relaciono
esta prueba con todos y cada uno de los hechos de la demanda.)
II.
LA DOCUMENTAL PRIVADA, que se hace consistir en 4 boletos de
avión de la aerolínea Interjet, con fecha de salida del 17 de febrero del 2005
y de regreso el 23 de febrero del mismo año, con el destino a la ciudad de
Cancún, Quintana Roo, en el que en uno de estos se aprecia mi nombre ROSA
CARBAJAL LIRA, y en los otros tres
se aprecian los nombres de GUILLERMO SANDOVAL MÉNDEZ, CRISTINA LÓPEZ OROPEZA
Y ROBERTO GUTIERREZ HERNÁNDEZ, a efecto de acreditar que en la fecha que
el actor señala que suscribí un (1) Título de Crédito de los denominados
Pagares en favor su favor, por la cantidad de $12,500.00 (DOCE MIL QUINIENTOS
PESOS 00/100) es absolutamente falso. Esta prueba la relaciono con el punto 1
del capítulo de hechos.
III.
LA DOCUMENTAL PRIVADA, que se hace consistir en la factura del
hospedaje que alquilamos en el “Hotel Iberostar Cancún” en el que nos
hospedamos las personas señaladas en el punto I. y la cual fue expedida en a mi
nombre. Esta prueba la relaciono con el
punto 1 del capítulo de hechos.
IV.
LA
TESTIMONIAL, a cargo de los señores GUILLERMO
SANDOVAL MÉNDEZ, CRISTINA LÓPEZ OROPEZA Y ROBERTO GUTIERREZ HERNÁNDEZ,
a quienes me comprometo a presentar el día y hora que su Señoría sirva dictar
para el desahogo de dicha testimonial. Esta prueba la relaciono con el punto 1
del capítulo de hechos.
V.
LA
PRUEBA PERICIAL, de GRAFOSCOPÍA Y CALIGRAFÍA,
asignando como perito de mi parte al Sr GUSTAVO SALDIERNA BORJA, con
cédula profesional 85364972 y domicilio en Calle Talleres número 2, Colonia
Bosques, Alcaldía Gustavo A. Madero, en la CDMX, persona que me obligo a
presentar para la aceptación y protesta del cargo.
El perito dictaminará sobre las siguientes
cuestiones:
a)
1.- Si la firma estampada en el Título de Crédito coincide con la mía.
b)
2.- Si fue puesta de mi puño y letra la firma que aparece en el título de
crédito base de la acción.
c)
3.- Si es auténtica o falsificada la firma que aparece en el título de crédito
base de la acción.
Esta prueba la relaciono con la demanda y hechos
correlativos de la contestación.
VI.
LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todas las
deducciones
lógico jurídicas que de autos se deriven solo en aquella parte que beneficie
los intereses que represento.
Por lo antes expuesto, pido se sirva:
ÚNICO.-
Tenerme por presentado en los términos del
presente escrito, por ofrecidas las pruebas que en el mismo se contienen y en
su oportunidad admitirlas y proveer lo conducente para su desahogo por estar
ofrecidas conforme a derecho.
Ciudad
de México a 09 de julio del 2006.
Protesto
lo Necesario
_______________________________________
Firma
2.
Redacta
un pliego con diez posiciones para el desahogo de la prueba confesional.
PLIEGO DE POSICIONES
QUE DEBERÁ ABSOLVER EL SEÑOR RAUL PEREZ
LOPEZ por conducto de su representante legal o quien acredite tener
facultades para ello, EL DÍA Y HORA SEÑALADOS PARA EL DESAHOGO DE LA PRUEBA
CONFESIONAL A SU CARGO, EN EL JUICIO SEGUIDO EN MI, ANTE EL JUEZ OCTAVO DE LO
CIVIL MERCANTIL, BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE: 1234/2006, DE LA SECRETARÍA:
“A”. PREVIO EL OTORGAMIENTO DE SUS GENERALES, Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD,
DIRÁ EL ABSOLVENTE SI ES CIERTO COMO LO ES:
1.
Que diga el absolvente
si la cantidad de los $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.) que refiere
haberle prestado a mi representada se los dio en efectivo o le realizo alguna
transferencia o depósito bancario.
Se
le pone a la vista el título de crédito (pagaré)
2.
Que diga el absolvente
si presencio el momento exacto en el que mi representada supuestamente firmó el
título de crédito (pagaré) que refiere y que el mismo presentó en su escrito de
demanda.
3.
Que diga el absolvente si
en la fecha de 20 de febrero del 2005, cuando supuestamente se realizó la acción,
alguien acompañaba a mi representada.
4.
Que diga el absolvente
si en la fecha de 20 de febrero del 2005, cuando supuestamente se realizó la
acción, alguien estaba con él presenciando los hechos.
5.
Que diga el absolvente
si puede precisar la cantidad de ocasiones en el que le requirió el pago de
manera extrajudicial a mi representada.
6.
Que diga el absolvente
si en esas ocasiones en las que le requirió el pago de manera extrajudicial a
mi representada, fue de manera presencial.
7.
Que diga el absolvente
si en esas ocasiones en las que le requirió el pago de manera extrajudicial a
mi representada de manera presencial iba acompañado de alguna persona.
8.
Que diga el absolvente
si en esas ocasiones en las que le requirió el pago de manera extrajudicial a
mi representada, esta estaba acompañada de alguien.
9.
Que diga el absolvente
si recuerda cual era la respuesta de mi representada cuando le requirió el pago
en esas múltiples ocasiones en las que le requirió el pago de manera
extrajudicial.
10.
Que diga el absolvente si
alguna persona escuchó la respuesta de mi representada respecto a la pregunta
inmediata anterior.
ME RESERVO EL DERECHO
DE FORMULAR POSICIONES VERBALMENTE.
Actividad Integradora
1. Espera la sentencia proporcionada por tu
docente en línea y señala los elementos de la sentencia. Para ello, considera
los siguientes términos:
CASO
Juicio
Oral Mercantil. Expediente
número **********/**********. Parte
actora: **********, en su carácter
de apoderado general para
pleitos y cobranzas de **********,
antes **********. Parte
demandada: **********. Se
dicta sentencia definitiva 0004 Monterrey, Nuevo León a ********** de
********** de **********.
Para resolver en definitiva el juicio
oral mercantil promovido por **********, en su carácter de apoderado general
para pleitos y cobranzas de **********, antes **********, en contra de
**********. |
·
Parte
expositiva o de resultandos. Explícala con tus propias palabras.
R=
En esta parte el juzgador realiza un resumen de todo lo sucedido en el proceso,
desde la presentación de la demanda (escrito inicial) que señala se presentó el
día 15 quince de mayo del 2017.
Las
prestaciones solicitadas como el pago de una cantidad por concepto de suerte
principal, con motivo del incumplimiento que refiere el actor.
La
contestación de la demanda con fecha 19 diecinueve de septiembre de 2017 en a
que se opusieron las excepciones.
Así
como las pruebas, alegatos y orden de la sentencia de ambas partes.
·
Parte
considerativa o considerandos. Explícala con tus propias palabras.
R=
En esta parte, el juez expone una a una las consideraciones por las cuales da
la razón a una de las partes, en las que explica la valoración de cada una de
las pruebas, en las que señala que la parte actora sostiene
que
la parte demandada incumplió sus obligaciones de pagar las mensualidades convenidas
para cubrir el crédito.
Así
como la consideración de las excepciones en las que señalando si los hechos que
se expusieron se apegan a las normas que le apliquen. En este caso, señalando
que el actor no acredito los elementos de la acción, como demostrar que existió
la disposición del crédito en
cuestión.
·
Parte
resolutiva o puntos resolutivos de la sentencia. Determina si fue de cadena,
declarativa o constitutiva.
R=
Esta es la parte donde se señala de manera muy concreta si procedió la demanda,
si existieron los elementos probatorios suficientes y señala de manera puntual
cuales son las prestaciones deben ser aplicadas y cuáles deben ser en sentido
absolutorias. En este caso, como primer punto, señala que el actor “no
justificó los elementos constitutivos de su acción”, es decir, no comprobó su
afirmación de que el demandado dispuso del dinero depositado.
También
hace referencia a la absolución de las reclamaciones realizadas por la parte
actora, en este caso, se absuelve de todas las prestaciones. También en esta
parte se puede condenar a cualquiera de las partes si es que los elementos
probatorios son suficientes para ello. En este caso, condena a la parte actora
a pagar los gastos y costas que derivaron del juicio.
Por
último, hace una afirmación de notificación de las partes respecto a su
resolución.
·
Objeto
del debate. Señala las prestaciones reclamadas por la parte actora, así como
las excepciones y defensas del demandado.
R=
En este caso, uno de los objetos del debate es el incumplimiento de una
obligación respecto a un crédito, así como que la parte actora debe demostrar
lo siguiente:
“a) la existencia de la relación contractual
que vincule a las partes contendientes; b) la exigibilidad de la obligación; y,
c) el incumplimiento del deudor.”
Con
el fin de analizar si es procedente la acción ejercida.
Así
mismo, se puede enunciar las:
Prestaciones.
a)
La
parte actora solicita de la demandada el pago de $194,000.00 (ciento noventa y
cuatro mil pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal, con
motivo del incumplimiento de obligaciones.
b)
Reclamando
también los intereses ordinarios e intereses moratorios
c)
Y
el pago de gastos y costas.
Excepciones.
a)
Reconoce
que es cierto que se firmó el contrato fundatorio, pero indica que no es cierto
que se haya dispuesto del numerario contratado.
b)
El
pagaré acompañado se firmó como un simple requisito para el otorgamiento del
crédito, en el cual solamente se establecen la forma y términos de pago.
c)
Considera
que no existe documento alguno donde se consigne la fecha real de la
disposición del crédito.
d)
No
se menciona dónde y porque medio deberían pagarse las amortizaciones.
e)
Estima
que la profesionista que elaboró la certificación contable acompañada no tuvo a
la vista documento donde se verifique la disposición del numerario; en dicho
instrumento no se menciona lugar y modo de la recepción del dinero.
f)
Que
el certificado contable y el contrato de crédito no tienen relación alguna.
g)
Que
existe oscuridad en la demanda porque, según considera, la parte actora oculta
y omite precisar hechos.
·
Pruebas.
Señala las ofrecidas por cada parte.
R=
Actor
a)
Un
contrato de apertura de crédito refaccionario de fecha 23 veintitrés de octubre
del 2014 dos mil catorce, número **********ratificado ante la fe del licenciado
José Luis Cárdenas Dávila, Notario Público número 12.
b)
La
documental privada consistente en un pagaré suscrito por el demandado,
**********, en fecha 29 veintinueve de octubre del 2014 dos mil catorce, por la
suma de $233,000.00 (doscientos treinta y tres mil pesos 00/100 moneda
nacional)
c)
Estado
de cuenta con certificación contable.
Demandado
No
se mencionan las pruebas ofrecidas.
·
Sentido
de la resolución y razones por las que el juez llegó a la conclusión que
señala. Indica las pruebas específicas que le generaron convicción.
R=
La sentencia fue absolutoria, ya que el juez determinó que la parte actora, a
pesar de haber exhibido el contrato, pagaré y un estado de cuenta certificado,
no comprobó que la parte actora hubiere puesto a disposición de la parte
demandada el monto del crédito reclamado.
·
Legislación
adjetiva y sustantiva empleada, además de la normatividad supletoria, según el
caso.
R=
Adjetiva
a)
Artículos
1205, 1238 y 1296 del Código de Comercio, para dar valor probatorio al
documento público.
b)
Artículos
1832, 1851, 1852 y 1949 del Código Civil Federal aplicado supletoriamente a la
legislación mercantil, relativos a la exigibilidad de la obligación.
Sustantiva
a)
Artículos
1194, 1195 y 1196 del Código de Comercio, dado que no demostró la disposición,
por el demandado, del crédito otorgado en el contrato fundatorio para la carga
de pruebas.
b)
Artículo
1055 bis del Código de Comercio concede el derecho para la elección del tipo de
juico por parte del actor.
c)
Artículo
1082 y 1084 del Código de Comercio y artículo 91 del Código de Procedimientos
Civiles del Estado, empleado supletoriamente al Código de Comercio para la
condena en costas.
Referencias.
Online
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