martes, 26 de octubre de 2021

M17. Procedimiento de jurisdicción voluntaria y procesos civiles especiales. Unidad 2, Actividad integradora S4.

 


 

 

M17 Práctica forense civil y mercantil.

Procedimiento de jurisdicción voluntaria y procesos civiles especiales.

Unidad 2, Actividad integradora S4.

Profesora: Lic. Cristina Salgado Remigio.

Alumno: José Rubén Morales Solorio.

Septiembre 2020.

Actividad 1.

 

1.    Espera la sentencia proporcionada por tu docente en línea y Con base en la sentencia planteada, en un documento de texto redacta la solicitud de jurisdicción voluntaria que le recaiga.

 

RICARDO JIMENEZ RUIZ

A

ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

 

AL JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS.

 

RICARDO JIMENEZ RUIZ, actuando por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el despacho ubicado en Av. Veracruz 59, Colonia del Valle, Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas, CP. 07845, y autorizando conforme al artículo 66 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos al LIC. JOSÉ RUBÉN MORALES SOLORIO, con número de cédula profesional 12345, ante usted y con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:

 

Que con fundamento en los artículos 866 y 876 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas y 2693 de Código Civil del Estado de Tamaulipas y demás relativos aplicables, en la vía de la JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, vengo a promover información testimonial, a efecto de a acreditar hechos relativos a mi posición de estado civil, el cual correspondió a la unión designada por la ley como CONCUBINATO, ya que el suscrito vivió más de 14 años en unión libre con la señora ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ; fundándome para el efecto en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

 

HECHOS.

 

 

1.    El suscrito vivió desde el mes de febrero de 2004, en unión libre con la señora ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, por lo que nuestro concubinato duró aproximadamente 14 años, estableciendo nuestro domicilio conyugal lo establecimos en calle San Úrsula número 716, Col. Villas de San Miguel, en esta ciudad; pero posteriormente nos cambiamos al domicilio ubicado en Avenida Fundadores número 15, Col. Mier y Terán, de esta ciudad, lo que acredito con el comprobante de domicilio que agrego a la presente como anexo 1.

 

2.    Durante nuestro concubinato procreamos un hijo a quien le impusimos el nombre de GABRIEL JIMENEZ PEREZ, quien actualmente cuenta con 8 años de edad, lo que acredito con el acta de nacimiento expedida por el C. Oficial Segundo del Registro Civil, de esta ciudad, misma que agrego a la presento como anexo 2.

 

3.    Posteriormente en fecha 23 de octubre de 2017 falleció mi concubina ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ de una insuficiencia respiratoria aguda, lo que acredito con el acta de defunción expedida por el C. Oficial Tercero del Registro Civil, la cual agrego a la presente como anexo 3.

 

Sigo manifestando a su señoría que desde el inicio de nuestro concubinato la señora ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, ambos nos encontrábamos libres de matrimonio lo que acredito con las actas de inexistencia de registro de matrimonio expedidas por los CC. Oficiales Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del Registro Civil de esta ciudad, misma que acompaño a la presente demanda como anexos 4, 5, 6, y 7.

 

Ahora bien, teniendo necesidad de que la suscrita vivió en concubinato con el señor JOSE NUÑEZ VALDES y que dependía económicamente de este (puesto que siempre me dediqué a las labores del hogar) es por lo que promuevo las presentes diligencias permitiendo ofrecer como prueba la testimonial de las personas que presentaré en el local de ese H. Juzgado y quienes declararan conforme al interrogatorio que acompaño a esta promoción.

 

Igualmente me permito agregar copia de mi identificación la cual me fue expedida por el Instituto Nacional Electoral a nombre del suscrito y en el cual se encuentra el domicilio en el que habito actualmente. Anexo 8.

 

A fin de acreditar los anteriores hechos y como ya lo mencioné en el punto inmediato anterior, ofrezco la información testimonial de las siguientes personas:

 

La C. CRISTINA SANCHEZ ESPINOZA, con domicilio en calle San Úrsula número 500, Col. Villas de San Miguel, Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

 

La C. ANGELA MOLINA MARTÍNEZ, con domicilio en calle San Úrsula número 400, Col. Villas de San Miguel, Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

 

La C. ALEJANDRA RINCÓN ANGELES, con domicilio en calle San Úrsula número 700, Col. Villas de San Miguel, Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

 

A quien presentaré en el local de este H. Juzgado en la fecha y hora señalada por su Señoría, para desahogar dicha diligencia.

 

Por lo expuesto pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentada con la personería con que me ostento.

 

SEGUNDO.- Admitir a trámite estas diligencias de jurisdicción voluntaria, ordenando practicar las notificaciones solicitadas.

 

TERCERO.- Ordenar me sean devueltos los documentos anexos.

 

CUARTO.- En su oportunidad, expedirme copias certificadas de todo lo actuado.

PROTESTO LO NECESARIO

 

Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas a 04 de septiembre del 2020

 

 

______________________________

FIRMA

 


 

Actividad 2.

 

1.    Espera la sentencia proporcionada por tu docente en línea y a partir del caso proporcionado, redacta la demanda que le corresponda a dicha sentencia.

 

 

GUADALUPE VALENCIA BAINORI

 

VS.

 

OFELIA GUZMAN MEDINA

 

ESPECIAL HIPOTECARIO.

 

 

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE HUATABAMPO, SONORA.

 

GUADALUPE VALENCIA BAINORI, actuando por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el despacho ubicado en Av. Veracruz 59, Colonia del Valle, Huatabampo, Sonora, CP. 07845, y autorizando conforme al artículo 170 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora, para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos al LIC. JOSÉ RUBÉN MORALES SOLORIO, con número de cédula profesional 12345, ante usted y con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a demandar en la VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA a la señora OFELIA GUZMAN MEDINA, quien tiene su domicilio en el inmueble ubicado en Calle Lagos, número 21, Huatabampo, Sonora, CP. 07840 las siguientes prestaciones:

 

a)    Que por sentencia firme se condene a la parte demandada en el presente juicio a la desocupación y entrega del inmueble propio para casa habitación en la calle Lagos, número 21, de esta ciudad de Huatabampo, Sonora.

 

b)    Simultáneamente con la desocupación y entrega demando el pago de la cantidad de $2,400.00 (DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL) que adeuda a razón de $1,200.00 (MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N) precio de renta pactado en el contrato de arrendamiento que anexo a la presente demanda y las rentas que se sigan venciendo hasta la total desocupación del inmueble motivo de este juicio o hasta que tenga verificativo el lanzamiento a cargo de la parte demandada.

 

c)    El pago de la cantidad de $2,123.00 (DOS MIL CIENTO VEINTITRÉS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de adeudo por gasto de energía eléctrica, que la arrendataria a utilizado en su beneficio, lo cual es procedente debido que las partes en materia de contratos se obligan en la forma y términos que aparece en el contrato de arrendamiento.

 

d)    El pago de los gastos y costas que se generen con motivo de la tramitación del presente juicio.

 

HECHOS

 

1.    Con fecha quince de febrero de dos mil dieciséis, el suscrito GUADALUPE VALENCIA BAINORI, en mi carácter de acreedor, celebré con la señora OFELIA GUZMAN MEDINA, en su carácter de deudora, un contrato de arrendamiento respecto del bien inmueble de mi propiedad, ubicado en Calle Lagos, número 21, Huatabampo, Sonora, CP. 07840.

 

2.    En dicho contrato en la cláusula cuarta se pactó como precio del arrendamiento la cantidad de $1,200.00 (mil doscientos pesos 00/100 M.N) mensuales, así como en la cláusula decima la estipulación de obligaciones y cumplimientos.

 

3.    Pero cuando se venció la renta correspondiente al mes de mayo de este mismo año, la señora OFELIA GUZMAN MEDINA ya no realizo el pago correspondiente a ese mes, ni al siguiente que correspondería a junio.

 

4.    En múltiples ocasiones le requerí en pago de las rentas de manera extrajudicial a la señora OFELIA GUZMAN MEDINA, de manera presencial y de manera telefónica, sin que hasta el momento me haya dado alguna respuesta o haya realizado el pago de las rentas ya mencionadas.

 

Razón por la cual ejercito la acción de desocupación, entrega de inmueble y pago de pesos, a fin de obtener el pago de las prestaciones que han quedado señaladas.

 

PRUEBAS

 

I.             Contrato de arrendamiento base de la acción, celebrados por OFELIA GUZMAN MEDINA, como arrendador y GUADALUPE VALENCIA BAINORI, como arrendatario.

 

 

DERECHO

 

En cuanto al fondo, son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 91, 93, 97, 99, 104, 107 y 109 del Código Procesal Civil Sonorense, en relación con los artículos 55, fracción VIII y 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sonora.

El procedimiento a seguir, se encuentra regulado por los artículos 171 del Código de Procedimientos Civiles relacionado con el 542 del mismo ordenamiento legal.

 

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentada con este escrito, documentos y copias que acompaño, demandando a la señora OFELIA GUZMAN MEDINA, el cumplimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones citadas en el proemio de este escrito.

SEGUNDO.- Dar entrada a la demanda en la vía y forma propuestas, ordenando se emplace a la demandada en su domicilio, para que en el término de ley, produzca su contestación.

TERCERO.- En su oportunidad y previos los trámites de ley, dictar sentencia definitiva, en la que se declare la procedencia de la acción que intento y se condene a la demandada al cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones que le reclamo, por así corresponder conforme a derecho y ser de justicia.

 

PROTESTO LO NECESARIO

Huatabampo, Sonora a 14 de julio del 2016

 

 

______________________________

FIRMA

Actividad Integradora

 

1.    Consigue un formulario de demanda de controversia del orden familiar que sea relativo al proceso en México. Comprueba que los artículos citados sean vigentes y redacta una demanda para cambio de guarda y custodia, con régimen de visitas y convivencia supervisadas para su contraparte.

 

RICARDO JIMENEZ RUIZ

VS

ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR

GUARDA Y CUSTODIA

 

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DE DISTRITO FEDERAL.

 

RICARDO JIMENEZ RUIZ, actuando por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el despacho ubicado en Av. Veracruz 59, Colonia del Valle, Alcaldía Benito Juárez, , Ciudad de México, CP. 07845, y autorizando conforme al artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos al LIC. JOSÉ RUBÉN MORALES SOLORIO, con número de cédula profesional 12345, ante usted y con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:

Por medio del presente escrito, vengo a demandar en la VIA DE CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR, a la C. ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, quien para los efectos de su notificación y emplazamiento tiene su domicilio en calle, Ébano 59, Col. Morelos, Alcaldía Cuauhtémoc, EN ESTA CIUDAD, de quien reclamo el cumplimiento de las siguientes:

PRESTACIONES

A)   La GUARDA Y CUSTODIA provisional y en su momento definitiva de mi menor hijo GABRIEL JIMÉNEZ PÉREZ, a favor del suscrito.

 

B)   La orden de un régimen de VISITAS Y CONVIVENCIA supervisadas a cargo de la autoridad correspondiente para que la C. ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ pueda ver a mi hijo GABRIEL JIMÉNEZ PÉREZ.

 

HECHOS

1.    Con fecha 17 de noviembre del año 2010, el suscrito contrajo matrimonio con la hoy demandada ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, tal y como lo acredito con la correspondiente acta de matrimonio que se anexa al presente.

 

2.    De nuestra relación matrimonial procrearnos un hijo de nombre GABRIEL JIMÉNEZ PÉREZ, tal y como lo acredito con la copia certificada de nacimiento que anexo al presente escrito.

 

3.    Establecimos nuestro domicilio en común en domicilio en la calle Ébano 59, Col. Morelos, Alcaldía Cuauhtémoc, EN ESTA CIUDAD.

 

4.    Con fecha 18 de marzo del 2018 nos divorciamos por diversos problemas maritales, acreditando la consumación del divorcio con el acta correspondiente que anexo al presente escrito.

 

5.    En dicha sentencia se le otorgó a la hoy demandada ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ la GUARDA Y CUSTODIA de mi hijo GABRIEL JIMÉNEZ PÉREZ.

 

6.    En últimas fechas mi hijo me ha comentado que su mamá, la hoy demandada ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ ha estado consumiendo drogas y ha faltado a sus responsabilidades y obligaciones que adquirió al tener la GUARDA Y CUSTODIA, ya que en múltiples ocasiones ha descuidad a mi hijo, dejándole de dar de comer o ha dejado de llevarlo a la escuela por no estar en condiciones para hacerlo.

 

7.    Son testigos de los hechos narrados en el punto 6 los CC. JAIME GARRIDO NOLASCO y MARIA GUADALUPE VALDEZ REYES, quienes son vecinos del domicilio actual de la demandada y mi hijo y que me comprometo a presentar el día y hora que su Señoría señale, para el desahogo de la audiencia de ley.

 

8.    Cabe mencionar que el suscrito jamás ha faltado a sus obligaciones alimentarias.

 

Por lo que solicito de su Señoría tenga a bien ordenar que la guarda y custodia de mi hijo quede a favor del suscrito, por la inestabilidad emocional de la parte demandada.

 

MEDIDAS PROVISIONALES

 

a)    Se decrete a mi favor la GUARDA Y CUSTODIA provisional de mi menor hijo de nombre GABRIEL JIMÉNEZ PÉREZ Y en su momento la definitiva.

 

PRUEBAS

I.             LA CONFESIONAL.- A cargo de la demandada ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, quien deberá comparecer en forma personalísima y no por conducto de apoderado legal alguno que lo represente a absolver las posiciones que en el momento procesal oportuno exhibiré, previa su calificación de legales que se haga de cada una de ellas, esta probanza la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 de mi escrito inicial de demanda con el objeto de acreditar que la demandada no ha cumplido con sus obligaciones hacia nuestro hijo, poniendo el riesgo su seguridad e integridad.

 

II.            LA TESTIMONIAL.- A cargo de los CC. JAIME GARRIDO NOLASCO y MARIA GUADALUPE VALDEZ REYES, con domicilio ubicado en la calle Ébano 58, Col. Morelos, Alcaldía Cuauhtémoc, EN ESTA CIUDAD, testigos a quienes me comprometo a presentar el día y hora que tenga a bien señalar su Señoría para el desahogo de dicha prueba, esta probanza la relaciono con el hecho 6 de mi escrito inicial de demanda con el objeto de acreditar que la demandada no ha cumplido con sus obligaciones hacia nuestro hijo, poniendo el riesgo su seguridad e integridad.

 

 

III.          LA DOCUMENTAL.- Consistente en la copia certificada del acta de matrimonio del suscrito y la hoy demandada, esta probanza la relaciono con los hechos 1 de mi escrito inicial de demanda.

 

IV.          LA DOCUMENTAL.- Consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de mi hijo, esta probanza la relaciono con los hechos 2 de mi escrito inicial de demanda.

 

V.           LA DOCUMENTAL.- Consistente en la copia certificada del acta de divorcio, esta probanza la relaciono con los hechos 4 de mi escrito inicial de demanda.

 

DERECHO

Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 260, 267 Fracción II, 283 Fracción III, 416 segundo párrafo, 417 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal.

En cuanto al procedimiento rigen los artículos 258, 940, 941, 941 Ter, párrafo cuarto, 942, 943 y demás relativos y concordantes del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

 

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

 

PRIMERO.- Tenerme en términos del presente escrito demandando en la Vía de Controversia del Orden Familia, a la C. ANGÉLICA PEREZ LÓPEZ, las prestaciones que he dejado debidamente señaladas para que con las copias simples de traslado que anexo al presente escrito, sea notificada y emplazada a juicio en el domicilio que para tal efecto señalé, para que dentro del término de Ley produzca su contestación.

SEGUNDO.- Admitir procedentes las pruebas que detallo en el cuerpo del presente escrito.

TERCERO.- Admitir procedentes las medidas provisionales solicitadas.

CUARTO.- Previos los tramites de ley, dictar sentencia conforme a lo solicitado por la parte actora.

 

PROTESTO LO NECESARIO

Ciudad de México a 08 de septiembre del 2020

 

 

______________________________

FIRMA

 

 

2.    Plantea el caso con los hechos ficticios en los que hayas basado el escrito.

El señor Ricardo Jimenez Perez se ha enterado por sus ex vecinos con quien lleva muy buena relación que su ex esposa de quien se divorció hace 2 años aproximadamente y quien tiene la guarda y custodia de su hijo Gabriel de 10 años lo ha descuidado esto debido a que ha estado consumiendo drogas, lo cual ha derivado en que no lo lleve a la escuela o deje de darle de comer.

También su hijo Gabriel le ha dicho lo mismo, que su mamá ha estado drogándose y a veces no va a la escuela o no come nada en todo el día.

Por lo cual, el señor Ricardo acude a mí para que le ayude a obtener la guarda y custodia de su hijo, pero no quiere quitarle al niño el derecho de seguir viendo a su mamá, ya que considera que lo puede perjudicar emocionalmente el hecho de no verla, por lo que pide que alguien supervise cuando lo vaya a visitar.

 

 

Referencias.

 

Online

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