Internacionalización
del derecho en su ámbito privado.
Condición jurídica de los extranjeros.
Unidad
2, Actividad integradora S4.
Profesor:
Lic. Alejandro Neri Salazar Hinojosa.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Actividad
1.
1. Investiga en fuentes académicamente
confiables un ejemplo de Estado en el que tenga aplicación cada uno de estos
sistemas y explica por qué.
Sistema de reciprocidad diplomática |
Muchos Estados tienen
este sistema, ya que básicamente comprende de la idea de “corresponder con
cortesía a la cortesía” en cuanto a situaciones diplomáticas, pero no siempre
los Estados lo aplican con la misma medida o intensidad, por ejemplo. La
tramitación para una visa de ingreso a los EEUU requiere de una serie de cumplimientos
de requisitos, los cuales llevan un tiempo considerable para saber la
resolución de la entrada o la negativa a dicho país. El concepto de
reciprocidad aplicaría si un ciudadano estadounidense quisiera ingresar a
nuestro país y nosotros pusiéramos los mismos requisitos, pero no es así, ya
que ellos quieren evitar a toda costa el ingreso de más migrantes y nosotros,
por el contrario, buscamos el acercamiento de personas de esa nacionalidad,
con diversos fines (inversión, turismo, etc.) y los dejamos ingresar al país
prácticamente sin mayor restricción. La reciprocidad se basa en muchos de los
casos en la conveniencia de casa Estado. |
Sistema de la reciprocidad
internacional, legislativa o de hecho |
México es uno de los países que aplica este
sistema, el cual consiste “en establecer dentro del cuerpo legal del Estado,
una serie de normas o reglas que se aplican en el caso de los extranjeros,
fijando principios diversos, como equidad, o el de reciprocidad” |
Sistema
de equiparación a nacionales |
Básicamente refiere el dar un trato igual
tanto a nacionales como a extranjeros. Y aunque este sistema es poco usado,
“se aplica, sobre todo en los países árabes, en razón de la ideología e
identidad religiosa, aunque su aplicación es de carácter consuetudinario” |
Sistema de mínimo de derechos |
Para este sistema no hay ningún tratado el cual
haya establecido de manera oficial cuál es ese mínimo de derechos. |
Actividad 2.
- Completa el
siguiente cuadro con cinco puntos como mínimo en cada celda.
|
Derechos |
Obligaciones |
Prohibiciones |
Derechos
fundamentales |
·
Lo que señala el
artículo 8 de la Ley de Migración, “Los migrantes podrán acceder a los
servicios educativos provistos por los sectores público y privado, independientemente
de su situación migratoria y conforme a las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables.” ·
El artículo 9 de
la misma ley señala que los migrantes (extranjeros) sin importar su situación
migratoria tendrán derecho a acceder a los jueces u oficiales del Registro
civil actos de su competencia, como la “expedición de las actas relativas a
nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.” ·
Tendrán derecho
también a la procuración de justicia por parte del Estado, en toda su
amplitud, de acuerdo con el artículo 11 de la ley en comento. |
·
Resguardar los
documentos que acrediten su identidad y situación migratoria, de acuerdo con
el primer párrafo del artículo 16 de la Ley de Migración. ·
Mostrar la
documentación cuando la autoridad migratoria se lo requiera, fracción II del
mismo artículo. ·
Así mismo,
proporcionar información y datos personales si la autoridad competente así lo
requiere, lo cual se señala en la fracción tercera del artículo 16. |
·
De acuerdo al
artículo 33 Constitucional en si tercer párrafo, “Los extranjeros no podrán
de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país” ·
De acuerdo al
artículo 32 Constitucional en si tercer párrafo, “En tiempo de paz, ningún
extranjero podrá servir en el Ejército, ni en las fuerzas de policía o
seguridad pública” |
Inversiones |
·
Podrá participar
hasta en 10% en Sociedades cooperativas de producción, de acuerdo con el
artículo 7, fracción I de la Ley de Inversión extranjera. ·
También hasta el
49% en inversiones de “Fabricación y comercialización de explosivos, armas de
fuego, cartuchos, municiones y fuegos
artificiales” ·
De la misma
manera, hasta el 49% en “Impresión y publicación de periódicos para
circulación exclusiva en territorio nacional” de acuerdo con el inciso Q del
mismo artículo. |
·
No podrá rebasar
el 49% de la participación de inversión, a menos de que la Comisión lo
resuelva de esta manera y en las actividades que se describen en el artículo
8 de la Ley de Inversiones Extranjeras. |
·
La exploración y
extracción de petróleo, esta actividad está reservada exclusivamente para el
Estado, de acuerdo con el artículo 5 fracción primera de la Ley de Inversión
extranjera. ·
La planeación y
el control de los sistemas eléctricos nacionales es otra actividad prohibida
para los extranjeros, de acuerdo con el mismo artículo en su fracción
tercera. ·
La emisión de
billetes o acuñar monedas es otra actividad que queda prohibida, de acuerdo
con las fracciones XI y XII del artículo 5 de la ley en comento. |
Transferencia
tecnológica |
·
A la protección
de las leyes en materia mercantil, si es que hay un contrato celebrado. |
·
Inscribir los
contratos en la Secretaría de Industria y Comercio. ·
Cuando se tuviere
un contrato de por medio, a cumplir con las cláusulas del mismo. |
·
Al celebrar un
contrato, no deberán quebrantar las leyes. |
Propiedad industrial |
·
La protección de
“la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de
invención” de acuerdo al artículo segundo de la Ley de la Propiedad
Industrial. ·
Mediante el
registro, “La persona física que realice una invención, modelo de utilidad o
diseño industrial, o su causahabiente,
tendrán el derecho exclusivo de su explotación en su provecho” |
·
Para presentar
una patente, se tiene la obligación de presentar solicitud escrita al
Instituto, de acuerdo al artículo 38 de la Ley de la Propiedad Industrial. ·
La patente
únicamente “podrá ser solicitada directamente por el inventor o por su
causahabiente o a través de sus representantes.” |
·
La divulgación
del secreto industrial, de acuerdo con el artículo 84 de la ley en comento. |
Actividad
Integradora.
1. Espera el caso proporcionado por tu docente
en línea.
Un
grupo de extranjeros que trabajan formalmente en México desde hace varios
años, están interesados en adquirir bienes inmuebles para poder trabajar en
diferentes actividades en territorio nacional. |
·
¿Pueden
adquirir inmuebles en cerca de fronteras o zonas costeras?
R=
De conformidad con la fracción I del artículo 9 de la Ley de Inversión
Extranjera, si es posible que puedan adquirir un bien inmueble el grupo de
extranjeros.
·
De
ser positiva la anterior respuesta. ¿Qué tramite necesitan hacer para adquirir
dichos inmuebles en esas zonas?
R=
En la misma fracción se indica que para adquirir los inmuebles deberán “dar
aviso de dicha adquisición a la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro de
los sesenta días hábiles siguientes a aquél en el que se realice la
adquisición”
·
¿Pueden
dedicarse a cualquier actividad en dichas zonas?
R=
No, hay actividades que solo son exclusivas del Estado Mexicano, como las
dispuestas en el artículo 5 de la Ley de Inversiones Extranjeras.
·
¿Qué
pasa si existe duda si el inmueble se encuentra en o no en zona restringida?
R=
Se deberá consultar el Diario Oficial de la Federación, ya que ahí el Instituto
Nacional de Estadística, Geografía e Informática publica la lista de los
municipios que estén totalmente ubicados en la zona restringida. Esto se señala
en el artículo 10-A, cuanto párrafo de la Ley en comento.
Referencias.
Online
Diputados,
C. d. (2018). http://www.diputados.gob.mx. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/50_180518.pdf
Diputados,
C. d. (2018). http://www.diputados.gob.mx/. Obtenido de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/44_150618.pdf
Diputados,
C. d. (2019). http://www.diputados.gob.mx/. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra_030719.pdf
Diputados,
C. d. (2020). http://www.diputados.gob.mx. Obtenido de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060320.pdf
Estrada , H.
(2011). http://tareasjuridicas.com/. Obtenido de http://tareasjuridicas.com/2011/08/31/el-extranjero-y-su-concepto-juridico/
Guerrero, S.
(2006). Derecho internacional privado. México: Porrua.
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