martes, 26 de octubre de 2021

Módulo 16. Demanda en los conflictos individuales de seguridad social. Unidad 1, Actividad integradora S5

 



 

 

M16 Práctica forense laboral.

Demanda en los conflictos individuales de seguridad social.

Unidad 1, Actividad integradora S5.

Profesora: Lic. Liliana López Astorga.

Alumno: José Rubén Morales Solorio.

 

Julio 2020.

Actividad 1.

 

1.    En un documento de texto, esquematiza el procedimiento de una audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución. (con el tema de seguridad social).

 



 

 

Actividad 2.

 

1.    Explica cuál es la función de un Secretario de Acuerdos.

Las funciones de un Secretario de Acuerdos están señaladas en el Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en el artículo 47.

“Artículo 47. Corresponde a las Secretarias o Secretarios de Acuerdos, además de las atribuciones previstas en la Ley:

I. Recoger diariamente en el archivo respectivo, previa firma de recibo, los expedientes en los cuales deban celebrarse las audiencias, así como aquellos en los que deban de proyectar acuerdos o efectuar cualquier otro trámite;

II. Elaborar los proyectos de resoluciones inherentes a la instrucción del juicio laboral en los expedientes que tengan encomendados;

III. Informar al Auxiliar de la Junta Especial de las irregularidades que noten con motivo del trámite de los asuntos, así como de las personas relacionadas con las acciones u omisiones correspondientes;

IV. Devolver al Archivo los expedientes que obren en su poder, una vez que se hayan desahogado los trámites o la actuación correspondiente;

V. Guardar bajo su responsabilidad los libros, sellos y documentos que posean con motivo del desempeño de su cargo;

VI. Aceptar valores en asuntos de demandas individuales previo acuerdo de la Junta Especial o de la Presidenta o Presidente de su adscripción o en asuntos colectivos por la Secretaría Auxiliar que corresponda de la Secretaría General de Acuerdos, Conciliación y Asuntos Colectivos, entregándolos de inmediato al Auxiliar correspondiente;

VII. Vigilar que los expedientes se encuentren debidamente sellados, cuidando que el sello se estampe en el reverso de cada foja y anverso de la siguiente, de tal manera que el mismo abarque las dos fojas, y cuidar que los expedientes se encuentren debidamente foliados en el margen superior derecho;

VIII. Solicitar identificación a las o los comparecientes y demás personas que intervengan en las audiencias, especialmente cuando se trate de desistimientos y pagos;

IX. Permitir a las partes consultar los expedientes sin que salgan del local de la Junta Especial o Secretaría Auxiliar y a las o los peritos nombrados en autos, los peritos podrán sacar del local de la Junta los expedientes, previo acuerdo de la Junta o del Presidente;

X. Elaborar el acuerdo que deba recaer al proveído de los Tribunales de Amparo en que aperciba de multa a la Junta Especial, a la Presidenta o Presidente de la misma o al Auxiliar asignada o asignado al trámite en el proceso de juicios laborales;

XI. Remitir el expediente laboral junto con el informe justificado a la autoridad judicial que conozca del amparo, formando la carpeta falsa que corresponda con todos los datos de identificación y copias certificadas de las constancias necesarias para ejecutar el laudo en su caso;

XII. Cumplir las instrucciones e indicaciones de la Presidenta o Presidente de la Junta, de la Presidenta o Presidente de la Junta Especial, de la Secretaria o Secretario Auxiliar o de las o los Auxiliares de Junta Especial asignados al trámite en el proceso de juicios laborales y al de trámite de amparos, en su caso;

XIII. Proporcionar a los miembros de la Junta, el último día hábil de cada semana, una lista de las audiencias que se celebrarán en el curso de la siguiente semana, especificando en cada caso los datos esenciales del expediente, así como la fecha y hora para la celebración;

XIV. Atender las diligencias que por necesidad se tengan que desahogar en días y horas inhábiles;

XV. Utilizar las aplicaciones informáticas instaladas en los equipos, para facilitar las labores de la Junta Especial o Secretaría Auxiliar y llevar un mejor seguimiento y control de las mismas;

XVI. Cumplir con lo establecido en los manuales administrativos de organización y de procesos de la Junta, instructivos, lineamientos y cualquiera otra disposición que se expida para el funcionamiento de la Junta Especial o Secretaría Auxiliar, y

XVII. Presentar a la Presidenta o Presidente de la Junta Especial a la o al Titular de la Secretaría Auxiliar, por conducto de su superior inmediato, los informes de actividades, así como las notas informativas y los reportes que le requieran.” (México, 2016)

 

2.    Señala qué elementos debe tener un Acuerdo Admisorio.

a.    Datos de los actores

b.    Tipo de juicio

c.     Acción

d.    Expediente

e.    Confirmación de recepción de escrito de demanda

f.      Conformación de domicilio para el emplazamiento.

g.    Orden de emplazamiento, señalando fecha y hora de la audiencia.

 

 

 

 

 

ACUERDO ADMISORIO

 

DEUDOS DE XXXXX XXXXXX XXXXXXX - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

VS

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.  - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

INDUSTRUAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

GENERAL DE HULLA, S.A. DE C.V. - -

INFONAVIT. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Y SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACCIÓN: OTORGAMIENTO DE PENSIÓN POR VIUDEZ. - - - - - - - - - - -

EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007. - - - -

 

H JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE NÚMERO 25 EN SALTILLO, COAHUILA.

--- En la Ciudad de AUTLÁN DE NAVARRO JALISCO, siendo las 11:00 horas del día 19 del mes de Febrero del año 2007. VISTO el escrito de demanda interpuesta por LOS DEUDOS DE XXXXX XXXXXX XXXXXXX, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en la Avenida Universidad número 1019, Colonia Universidad, en la Cuidad de Saltillo, Coahuila y autorizando a los C.C. Licenciados HUMBERTO GUZMÁN DEL CASTILLO, GABRIEL SALAZAR NUÑEZ y PABLO DE LA CRUZ TORRES. Procuradores Auxiliares Federales de la Defensa del Trabajo en Coahuila para que en forma conjunta e indistintamente oigan y reciban notificaciones como apoderados de la parte actora xxxxxx xxxxxxx xxxxxx en contra del:

a)    INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL quien tiene su domicilio para ser debida y legalmente emplazado y notificado del presente juicio laboral, el ubicado en: Boulevard Venustiano Carranza esquina con periférico Luis Echeverría Álvarez, Colonia La Salle, en esta ciudad de Saltillo por OTORGAMIENTO DE PAGO DE PENSIONES DE VIUDEZ Y ORFANDAD, AYUDA ASISTENCIAL, ATENCIÓN MÉDICA, CLINICA FARMACEUTICA Y HOSPITALARIA Y AGUINALDO.

b)    INDUSTRUAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V. con domicilio en la carretera a ejido santa María kilómetro 3, Mina 8 Pasta de Conchos en el Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila, por OTORGAMIENTO DE PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MUERTE ACCIDENTAL EN EL TRABAJO.

c)    GENERAL DE HULLA, S.A. DE C.V. con domicilio en la carretera a ejido santa María kilómetro 3, Mina 8 Pasta de Conchos en el Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila, por OTORGAMIENTO DE PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MUERTE ACCIDENTAL EN EL TRABAJO.

d)    INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, quien tiene su domicilio en Boulevard Nazario Ortíz Garza 2598, fraccionamiento Lagos Residencia, en esta Ciudad de Satillo, Coahuila por OTORGAMIENTO DE LA CANCELACIÓN DEL CRÉDITO PARA VIVIENDA.

e)    SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE con domicilio en Venustiano Carranza número 3567 Norte, Fraccionamiento Santiago en la ciudad de Saltillo, Coahuila, por OTORGAMIENTO DE LA DEVOLUCIÓN DE SUS APORTACIONES.

El cual fue presentado ante este Tribunal FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE el día 13 de Febrero del 2007, al respecto SE ACUERDA:

Fírmese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno correspondiente.

Con fundamento en los artículos 893, 894 y 899 - C, así como 742, fracción I y 743 de la Ley Federal del Trabajo, se admite la demanda laboral interpuesta en la vía especial por XXXX XXXXX XXXXXX en contra de INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, INDUSTRUAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V., GENERAL DE HULLA, S.A. DE C.V., INFONAVIT Y SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE, EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007, en consecuencia y no habiendo en concepto de esta Junta deficiencias que hagan necesaria la suplencia de la demanda ni irregularidades que requieran aclaración previa, cítese a las partes para que concurran ante esta Junta para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda, excepciones, pruebas, alegatos y resolución, prevista por el Articulo 895. De la Ley Federal del Trabajo, misma que tendrá lugar a las 12:00 horas del día 12 de marzo del 2007 debiéndose de apercibir a la parte demandada de que, en caso de no concurrir en el día y hora antes indicados ante esta Junta, dará por admitidas las peticiones de la parte actora, asimismo, se le tiene por señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el señalado en el EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007.

Notifíquese Con fundamento en el Articulo 893 LFT este acuerdo a las partes con diez días de anticipación a la fecha y hora señalados, quedando comisionado para tales efectos el c. Actuario Notificador adscrito a esta H. Junta, Lic. Juan Pérez Pérez.

Así lo acordó y firmó esta H. Junta por y ante la C. María López López.

General de Asuntos Especiales que autoriza y da fé.

DOY FE.

 

 

 

 

 

 

 

Actividad Integradora

 

1.    Redacta un acta de diligencia con base en las especificaciones de dicho artículo.

 

ACTA DE DILIGENCIA

 

En la ciudad de Saltillo, Coahuila, siendo las 11:00 horas de día 21 veintiuno de febrero del 2007, el suscrito Secretario de Actuario se constituyó en el domicilio ubicado en Venustiano Carranza número 3567 Norte, Fraccionamiento Santiago en la ciudad de Saltillo, Coahuila de esta ciudad, en busca del representante legal de la razón social demandada, SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE, y cerciorado de que ahí es el lugar donde está constituida y presta sus servicios, por el dicho de una persona que dijo llamarse  JUAN HERNÁNDEZ PÉREZ y ser el representante legal de la empresa, entendí la Diligencia con quien se actúa y por medio de instructivo le notifico personalmente el auto de fecha 19 diecinueve de febrero del 2007 y con entrega de las copias simples debidamente selladas, cotejadas y completas le corrí traslado de la presente demanda, y lo emplacé para que dentro del término de quince días produzca su contestación, apercibido que de no hacerlo se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo; así también lo cité para que comparezca al local de este Juzgado a las 12 horas del día 12 doce de marzo del 2007 a absolver las posiciones que se articulen, apercibido que de no comparecer sin justa causa será declarado confeso de las que previamente sean calificadas de legales, con lo que termina la presente diligencia, firmando las que en ella intervinieron y quisieron hacerlo. DOY FE.

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

M19. El juicio de amparo en materia administrativa y fiscal. Unidad 3, Actividad integradora S6.

    M19 Práctica forense administrativa y fiscal. El juicio de amparo en materia administrativa y fiscal. Unidad 3, Actividad integr...