M16 Práctica
forense laboral.
Demanda en los conflictos individuales de seguridad social.
Unidad
1, Actividad integradora S5.
Profesora:
Lic. Liliana López Astorga.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Actividad
1.
1. En un documento de texto, esquematiza el
procedimiento de una audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas
y resolución. (con el tema de seguridad social).
Actividad 2.
1. Explica cuál es la función de un
Secretario de Acuerdos.
Las funciones de un Secretario de
Acuerdos están señaladas en el Reglamento Interior de la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje en el artículo 47.
“Artículo 47. Corresponde a las Secretarias o
Secretarios de Acuerdos, además de las atribuciones previstas en la Ley:
I. Recoger diariamente en el archivo
respectivo, previa firma de recibo, los expedientes en los cuales deban
celebrarse las audiencias, así como aquellos en los que deban de proyectar
acuerdos o efectuar cualquier otro trámite;
II. Elaborar los proyectos de resoluciones
inherentes a la instrucción del juicio laboral en los expedientes que tengan
encomendados;
III. Informar al Auxiliar de la Junta
Especial de las irregularidades que noten con motivo del trámite de los
asuntos, así como de las personas relacionadas con las acciones u omisiones
correspondientes;
IV. Devolver al Archivo los expedientes que
obren en su poder, una vez que se hayan desahogado los trámites o la actuación
correspondiente;
V. Guardar bajo su responsabilidad los
libros, sellos y documentos que posean con motivo del desempeño de su cargo;
VI. Aceptar valores en asuntos de demandas
individuales previo acuerdo de la Junta Especial o de la Presidenta o Presidente
de su adscripción o en asuntos colectivos por la Secretaría Auxiliar que
corresponda de la Secretaría General de Acuerdos, Conciliación y Asuntos
Colectivos, entregándolos de inmediato al Auxiliar correspondiente;
VII. Vigilar que los expedientes se
encuentren debidamente sellados, cuidando que el sello se estampe en el reverso
de cada foja y anverso de la siguiente, de tal manera que el mismo abarque las
dos fojas, y cuidar que los expedientes se encuentren debidamente foliados en
el margen superior derecho;
VIII. Solicitar identificación a las o los
comparecientes y demás personas que intervengan en las audiencias,
especialmente cuando se trate de desistimientos y pagos;
IX. Permitir a las partes consultar los
expedientes sin que salgan del local de la Junta Especial o Secretaría Auxiliar
y a las o los peritos nombrados en autos, los peritos podrán sacar del local de
la Junta los expedientes, previo acuerdo de la Junta o del Presidente;
X. Elaborar el acuerdo que deba recaer al
proveído de los Tribunales de Amparo en que aperciba de multa a la Junta
Especial, a la Presidenta o Presidente de la misma o al Auxiliar asignada o
asignado al trámite en el proceso de juicios laborales;
XI. Remitir el expediente laboral junto con
el informe justificado a la autoridad judicial que conozca del amparo, formando
la carpeta falsa que corresponda con todos los datos de identificación y copias
certificadas de las constancias necesarias para ejecutar el laudo en su caso;
XII. Cumplir las instrucciones e indicaciones
de la Presidenta o Presidente de la Junta, de la Presidenta o Presidente de la
Junta Especial, de la Secretaria o Secretario Auxiliar o de las o los
Auxiliares de Junta Especial asignados al trámite en el proceso de juicios
laborales y al de trámite de amparos, en su caso;
XIII. Proporcionar a los miembros de la
Junta, el último día hábil de cada semana, una lista de las audiencias que se
celebrarán en el curso de la siguiente semana, especificando en cada caso los
datos esenciales del expediente, así como la fecha y hora para la celebración;
XIV. Atender las diligencias que por
necesidad se tengan que desahogar en días y horas inhábiles;
XV. Utilizar las aplicaciones informáticas
instaladas en los equipos, para facilitar las labores de la Junta Especial o
Secretaría Auxiliar y llevar un mejor seguimiento y control de las mismas;
XVI. Cumplir con lo establecido en los
manuales administrativos de organización y de procesos de la Junta,
instructivos, lineamientos y cualquiera otra disposición que se expida para el
funcionamiento de la Junta Especial o Secretaría Auxiliar, y
XVII. Presentar a la Presidenta o Presidente
de la Junta Especial a la o al Titular de la Secretaría Auxiliar, por conducto
de su superior inmediato, los informes de actividades, así como las notas
informativas y los reportes que le requieran.”
2. Señala qué elementos debe tener un
Acuerdo Admisorio.
a.
Datos
de los actores
b.
Tipo
de juicio
c.
Acción
d.
Expediente
e.
Confirmación
de recepción de escrito de demanda
f.
Conformación
de domicilio para el emplazamiento.
g.
Orden
de emplazamiento, señalando fecha y hora de la audiencia.
ACUERDO ADMISORIO
DEUDOS DE XXXXX XXXXXX XXXXXXX - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - -
VS
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
INDUSTRUAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V. -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
GENERAL DE HULLA, S.A. DE C.V. - -
INFONAVIT. - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - -
Y SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACCIÓN: OTORGAMIENTO DE PENSIÓN POR
VIUDEZ. - - - - - - - - - - -
EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007. - - - -
H JUNTA ESPECIAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE NÚMERO 25 EN SALTILLO, COAHUILA.
--- En la Ciudad de AUTLÁN DE NAVARRO JALISCO, siendo las
11:00 horas del día 19 del mes de Febrero del año 2007. VISTO el escrito de
demanda interpuesta por LOS DEUDOS DE XXXXX XXXXXX XXXXXXX, señalando como
domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en la Avenida
Universidad número 1019, Colonia Universidad, en la Cuidad de Saltillo,
Coahuila y autorizando a los C.C. Licenciados HUMBERTO GUZMÁN DEL CASTILLO, GABRIEL
SALAZAR NUÑEZ y PABLO DE LA CRUZ
TORRES. Procuradores Auxiliares Federales de la Defensa del Trabajo en
Coahuila para que en forma conjunta e indistintamente oigan y reciban
notificaciones como apoderados de la parte actora xxxxxx xxxxxxx xxxxxx en contra del:
a) INSTITUTO MEXICANO DEL
SEGURO SOCIAL
quien tiene su domicilio para ser debida y legalmente emplazado y notificado
del presente juicio laboral, el ubicado en: Boulevard Venustiano Carranza
esquina con periférico Luis Echeverría Álvarez, Colonia La Salle, en esta
ciudad de Saltillo por OTORGAMIENTO DE
PAGO DE PENSIONES DE VIUDEZ Y ORFANDAD, AYUDA ASISTENCIAL, ATENCIÓN MÉDICA, CLINICA FARMACEUTICA Y HOSPITALARIA
Y AGUINALDO.
b) INDUSTRUAL MINERA
MÉXICO, S.A. DE C.V. con domicilio en la carretera a ejido santa María
kilómetro 3, Mina 8 Pasta de Conchos en el Municipio de San Juan de Sabinas,
Coahuila, por OTORGAMIENTO DE PRESTACIÓN
ECONÓMICA POR MUERTE ACCIDENTAL EN EL TRABAJO.
c) GENERAL DE HULLA, S.A.
DE C.V. con domicilio en la
carretera a ejido santa María kilómetro 3, Mina 8 Pasta de Conchos en el
Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila, por OTORGAMIENTO DE PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MUERTE ACCIDENTAL EN EL
TRABAJO.
d) INSTITUTO DEL FONDO
NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, quien tiene su domicilio en Boulevard Nazario Ortíz Garza
2598, fraccionamiento Lagos Residencia, en esta Ciudad de Satillo, Coahuila por
OTORGAMIENTO DE LA CANCELACIÓN DEL
CRÉDITO PARA VIVIENDA.
e) SANTANDER MEXICANO,
S.A. DE C.V. AFORE con domicilio en Venustiano Carranza número 3567 Norte,
Fraccionamiento Santiago en la ciudad de Saltillo, Coahuila, por OTORGAMIENTO DE LA DEVOLUCIÓN DE SUS
APORTACIONES.
El cual fue presentado ante este Tribunal FEDERAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE el día 13 de Febrero del 2007, al respecto SE ACUERDA:
Fírmese el expediente
respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno correspondiente.
Con fundamento en los artículos 893, 894 y 899 - C, así
como 742, fracción I y 743 de la Ley Federal del Trabajo, se admite la demanda
laboral interpuesta en la vía especial por XXXX
XXXXX XXXXXX en contra de INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, INDUSTRUAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V., GENERAL DE
HULLA, S.A. DE C.V., INFONAVIT Y SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE,
EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007, en consecuencia y no habiendo en concepto de esta
Junta deficiencias que hagan necesaria la suplencia de la demanda ni
irregularidades que requieran aclaración previa, cítese a las partes para que concurran
ante esta Junta para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda, excepciones,
pruebas, alegatos y resolución, prevista por el Articulo 895. De la Ley Federal
del Trabajo, misma que tendrá lugar a las 12:00 horas del día 12 de marzo del
2007 debiéndose de apercibir a la parte demandada de que, en caso de no
concurrir en el día y hora antes indicados ante esta Junta, dará por admitidas
las peticiones de la parte actora, asimismo, se le tiene por señalando como
domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el señalado en el
EXPEDIENTE: AA-BBB-15/2007.
Notifíquese Con fundamento en el Articulo 893 LFT este
acuerdo a las partes con diez días de anticipación a la fecha y hora señalados,
quedando comisionado para tales efectos el c. Actuario Notificador adscrito a
esta H. Junta, Lic. Juan Pérez Pérez.
Así lo acordó y firmó esta H. Junta por y ante la C. María
López López.
General de Asuntos Especiales que autoriza y da fé.
DOY FE.
Actividad Integradora
1.
Redacta
un acta de diligencia con base en las especificaciones de dicho artículo.
ACTA DE
DILIGENCIA
En la ciudad de Saltillo,
Coahuila, siendo las 11:00 horas de día 21 veintiuno de febrero del 2007, el
suscrito Secretario de Actuario se constituyó en el domicilio ubicado en Venustiano
Carranza número 3567 Norte, Fraccionamiento Santiago en la ciudad de Saltillo,
Coahuila de esta ciudad, en busca del representante legal de la razón social
demandada, SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. AFORE, y cerciorado de que ahí es
el lugar donde está constituida y presta sus servicios, por el dicho de una
persona que dijo llamarse JUAN HERNÁNDEZ PÉREZ y ser el representante
legal de la empresa, entendí la Diligencia con quien se actúa y por medio de
instructivo le notifico personalmente el auto de fecha 19 diecinueve de febrero
del 2007 y con entrega de las copias simples debidamente selladas, cotejadas y
completas le corrí traslado de la presente demanda, y lo emplacé para que
dentro del término de quince días produzca su contestación, apercibido que de
no hacerlo se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo; así también
lo cité para que comparezca al local de este Juzgado a las 12 horas del día 12
doce de marzo del 2007 a absolver las posiciones que se articulen, apercibido
que de no comparecer sin justa causa será declarado confeso de las que
previamente sean calificadas de legales, con lo que termina la presente
diligencia, firmando las que en ella intervinieron y quisieron hacerlo. DOY FE.
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