M16 Práctica
forense laboral.
La demanda.
Unidad
1, Actividad integradora S1.
Profesora:
Lic. Liliana López Astorga.
Alumno:
José Rubén Morales Solorio.
Actividad
1.
1. Espera el caso proporcionado por tu
docente en línea para esta actividad y con base en el caso, en un documento de
texto, redacta un escrito de demanda, tomando en consideración los siguientes
artículos con conforme a la Ley Federal del Trabajo:
·
Artículo
48
·
Artículo
76
·
Artículo
80
·
Artículo
87
·
Artículo
162
·
Título
décimo. Prescripción
· Título
catorce, capítulo XVII. Procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación
y arbitraje
·
Título
catorce, capítulo II. De la capacidad, personalidad y legitimación.
El
trabajador Raymundo López ingresó a laborar para la empresa Tacos Holding,
S.A. de C.V. el día 2 de enero de 2016, en la categoría de Gerente de Insumos
Alimentarios (puesto que dada su naturaleza es de confianza).
El
trabajador percibía un salario diario base de $400.00, además del pago
quincenal de $1,500.00 como bono de productividad, prestación que tenía
percibiendo de manera continua y permanente desde la fecha de su ingreso.
Asimismo,
Raymundo tenía asignada desde su fecha de ingreso una jornada laboral de las
09:00 a las 19:00 horas, con una hora de descanso de las 14:00 a las 15:00
horas, misma que disfrutaba fuera de la fuente de trabajo, de martes a
domingo y teniendo su día de descanso en lunes.
El 15
de junio de 2020 el trabajador es despedido sin que hubiere motivo alguno y
sin que se le hubiere pagado la última quincena, dejándosele también de pagar
las horas extras laboradas desde el 1 de enero de 2019 y la prima dominical
que generó desde esa fecha.
No
disfrutó de sus vacaciones desde el 2 de enero de 2019 y no se le pagó su
prima vacacional correspondiente, ni el aguinaldo desde el 2017.
Por
todo ello, Raymundo acude con usted para demandar a su patrón. |
H.
JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
PRESENTE:
RAYMUNDO LÓPEZ,
promoviendo por mi propio derecho y señalando
para oír y recibir notificaciones mi domicilio ubicado en la calle Rosas número
16, Colonia Villa Coapa, Alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México, con Código
Postal 14390 y designando como mí apoderado y representante al Lic. José Rubén
Morales Solorio en los términos de la carta poder que adjunto a la presente,
respetuosamente expongo:
Vengo a demandar a Tacos
Holding, S.A. de C.V.
con domicilio en Av. Clavel número 2, Colonia San
Juan de Aragón, Alcaldía Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, con Código
Postal 07920 o al responsable asignado correspondiente, de la fuente de trabajo
ubicada en el mismo domicilio lo siguiente:
1.- La reinstalación en el
puesto que desempeñaba como Gerente de Insumos
Alimentarios o bien, el pago de la cantidad de $36,000.00 (treinta y seis mil
pesos 00/100 M.N.), por concepto de indemnización de tres meses de salario, a
razón de un salario diario de $400.00 (Cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), por
causa de despido injustificado.
2.- El pago de los salarios
vencidos desde la fecha del 15 de junio del 2020, que fue la fecha del despido
y hasta que se dicte el laudo de este juicio.
3.- El pago de los salarios
de 22 días de vacaciones correspondientes al periodo del año 2019 y del
presente año, que no disfrute ni me fueron pagadas, así como la prima
vacacional sobre la base de mi salario más el 25%, de conformidad a lo
estipulado en la ley federal del trabajo en su artículo 80 y que tampoco
recibí.
4.- El pago de la cantidad
de $22,500.00 (veintidós mil quinientos pesos 00/100 (M.N.) por aguinaldo anual
del periodo del año 2017 al 2019, ya que no me fue pagado desde esas fechas.
5.- El pago de la cantidad
de $21,600.00 (veintiún mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de
prima de antigüedad.
6.- El pago de la cantidad
de horas extras, a razón de salario extra que no me fueron cubiertas desde el 1
de enero de 2019 y la prima dominical que generó desde esa fecha.
Hechos:
a)
Con fecha de 02 de enero del 2016, entre a prestar mis servicios a
la empresa
Tacos Holding, S.A. de C.V, ocupando
el cargo de Gerente de Insumos
Alimentarios, en el que percibía un salario diario base de $400.00, además
del pago quincenal de $1,500.00 como bono de productividad.
b)
Teniendo
una jornada laboral de las 09:00 a las 19:00 horas, con una hora de descanso de
las 14:00 a las 15:00 horas, de martes a domingo y teniendo su día de descanso
en lunes.
c)
El día 15 de junio 2020 y sin dar alguna causa justificante, se me
dio de baja sin darme ninguna causa justificada del despido.
d)
No
me fue pagada la última quincena, dejándoseme también de pagar las horas extras
laboradas desde el 1 de enero de 2019 y la prima dominical que generó desde esa
fecha.
e)
Tampoco
disfruté de vacaciones desde el 2 de enero de 2019 y no se me pagó la prima
vacacional correspondiente, ni el aguinaldo desde el 2017.
f)
Por concepto de prima de antigüedad, a razón de doce días de
salarios por cada año de servicios, prestados a la demandada, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, me
corresponde la cantidad de $21,600.00 (veintiún mil seiscientos pesos 00/100
M.N.) que reclamo.
Derecho:
Es competente ésta H. Junta
para conocer del caso, según previenen los artículos correspondientes de la Ley
Federal del Trabajo.
En cuanto al fondo, son
aplicables el artículo 123, fracción XXII constitucional, y 8, 10, 18, 20, 26,
31, 35, 48, 58, 61, 67 párrafo segundo, 76, 80, 81, 84, 87, 89, 132 fracciones
I y II, 162 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.
Norman el procedimiento las
disposiciones del título XIV, capítulo XVII del Código Laboral.
Por lo expuesto y fundado.
A ésta H. Junta atentamente solicito se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentado con
este escrito en los términos del mismo, demandando a Tacos
Holding, S.A. de C.V, reconocer la personalidad del apoderado designado conforme
a la carta poder adjuntada; y tener por señalado el domicilio indicado para oír
notificaciones.
SEGUNDO. Darle entrada a la
demanda, corriéndole traslado a la demandada con la copia simple que acompaño,
notificándola y emplazándola para la audiencia de Ley, en el domicilio
señalado.
TERCERO. Dictar laudo en su
oportunidad, declarando que han procedido las acciones que hago valer; y, en
consecuencia, condenar a la demandada de conformidad con las reclamaciones
contenidas en esta demanda.
Estableciendo lo que
conforme a derecho considero que me corresponde espero respetuosamente que me dice
lo que conforme a derecho me corresponda siempre en mi beneficio como
trabajador.
Por lo anteriormente
expresado pido que se realice la suplencia en la queja que pueda existir en mi
demanda del orden laboral.
RESPETUOSAMENTE,
Ciudad de México a 09 de julio del 2020.
Protesto lo Necesario
_______________________________________
Firma
Actividad 2.
1. Espera el caso proporcionado por tu
docente en línea para esta actividad y con base en el caso, en un documento de
texto, redacta un escrito de contestación de demanda, tomando como base el
escrito de alguno de tus compañeros para que le des contestación, conforme a
los siguientes apartados de la LFT:
·
Artículo
878.
·
Título
décimo. Prescripción.
·
Título
catorce. Capítulo II. De la capacidad, personalidad y legitimación.
·
Título
catorce. Capítulo III. De las competencias.
·
Título
catorce. Capítulo XVII. Procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación
y arbitraje.
RAYMUNDO LÓPEZ
VS.
MARÍA
ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ Y/O TACOS HOLDING, S.A. DE C.V.
EXP.1245/2020
H JUNTA ESPECIAL NUMERO 12345 DE LA LOCAL
DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN LA CUIDAD DE MÉXICO:
JOSÉ RUBÉN MORALES SOLORIO,
promoviendo con el carácter y personería que tengo reconocidos dentro de los
autos del Procedimiento Laboral número 01/2020, seguido ante esta H. Actuante
por el C. RAYMUNDO LÓPEZ en
contra de MARÍA
ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ y/o
quien resulte responsable o propietario de la Fuente de trabajo Denominada Tacos Holding, S.A. de C.V. señalando
como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho
jurídico profesional ubicado en el número ciento cincuenta y dos de la calle Veracruz en esta ciudad de México,
ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Por
medio del Presente escrito vengo a dar contestación en tiempo y forma a la
improcedente y dolosa demanda interpuesta ante esta H. Actuante en contra de mi
cliente, lo cual realizo en los siguientes términos:
“Carece
de derecho alguno el trabajador actor para reclamar el pago de todas y cada una
de las prestaciones que enumera en el cuadro de liquidación de su escrito de
demanda.”
HECHOS:
I.
Es cierto únicamente en lo que respecta a que
el señor RAYMUNDO LÓPEZ fue
contratado en forma verbal por la C. MARÍA ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ para
que laborara en la Fuente de Trabajo denominada Tacos Holding, S.A. de C.V. que se
ubica en Av. Clavel número 2, Colonia San Juan de
Aragón, Alcaldía Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, con Código Postal
07920, para que ocupara el cargo de “Gerente de Insumos Alimentarios” y
que comenzó a prestar sus servicios 02 de enero del
2016 pero es falso en todo lo demás y “jamás fue despedido de forma
alguna, sino que el trabajador actor el 15 de junio del presente año, renunció
voluntariamente a su empleo siendo liquidado conforme a la Ley”
II.
Es completamente falso lo que se menciona en el
inciso “b” del escrito de demanda, ya que el trabajador actor siempre estuvo
sujeto a una jornada de trabajo que comprendía de las de las
09:00 a las 19:00 horas, con una hora de descanso de las 14:00 a las 15:00
horas.
“El
trabajador actor jamás laboró tiempo extraordinario alguno durante todo el
tiempo que prestó sus servicios en la Fuente Demandada, por lo que no se le
adeuda pago alguno por dicho concepto (ni por ningún otro) y carece de derecho
para reclamarlo como lo hace en su escrito de demanda.”
III.
El trabajador actor nunca fue despedido de la
fuente de trabajo demandada, sino que el voluntariamente y por así convenir a
sus intereses renuncio el día el 15 de junio del presente año “a su empleo tal
y como oportunamente se demostrará, siendo en su oportunidad liquidado conforme
a la ley y sin que le quedará pendiente de pago prestación alguna, por lo que
carece de derecho alguno para reclamar el pago de aguinaldo proporcional.”
IV.
Es falso totalmente el contenido en el inciso
“d” del escrito de demanda e infundadas las reclamaciones de pago que por
diversos conceptos en él se contienen, ya que de igual forma en el salario
diario integrado incluía la prima dominical a al que refiere el trabajador en
su escrito de demanda.
V.
El
contenido de éste hecho y que es mencionado en el inciso “e” es falso e
infundado. Durante todo el tiempo que el trabajador actor presto sus servicios
en la fuente demandada, gozó oportunamente de las vacaciones a que legalmente
tuvo derecho y así mismo se le cubrió el pago de las primas vacacionales
correspondientes.”
Más
aún, al momento en que el trabajador actor el día 15 de junio del 2020,
renunció voluntariamente a su empleo se le liquidó conforme a la Ley sin que
hubiese quedado pendiente de pago prestación alguna.
VI.
Al haber el actor renunciado voluntariamente a
su empleo el día 15 de junio del 2020, resulta improcedente el reclamo de prima
por antigüedad, ya que en el artículo 162 Fracción III, señala que para los
trabajadores que se separen voluntariamente de su cargo, se pagara siempre que
hayan cumplido como mínimo 15 años de servicio, ya que el trabajador actor solo
llevaba 3 años y medio.
DERECHO:
Al ser
falsos los hechos esgrimidos por el actor en su escrito de demanda resulta
ineficaz e inaplicable el derecho en pretender fundarla.
EXCEPCIONES Y DEFENSAS:
La de
Falsedad y oscuridad en la demanda, consistente en que los hechos en que el
trabajador pretende fundar su acción y sus reclamaciones son absolutamente
falsas.
1)
La de Falta de acción.
2)
La de Falta de derecho en el actor.
3)
La de pago, consistente en el hecho de que al
momento que el trabajador actor renuncio voluntariamente a su empleo, fue
liquidado, sin que se le hubiese quedado pendiente de pago prestación alguna.
4)
Interpongo desde luego todas y cada una de las
excepciones y defensas que se contenga o deriven del contenido de este escrito.
Por lo
expuesto y con apoyo legal en los artículos 870, 878, Título décimo.
Prescripción, Título catorce. Capítulo II. De la capacidad, personalidad y
legitimación, Título catorce. Capítulo III. De las competencias, Título
catorce. Capítulo XVII. Procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación
y arbitraje y relativos de La Ley Federal del Trabajo:
Por lo
antes expuesto, a esta Honorable Junta atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme
por presentado con el documento que acompaño, como apoderado de MARÍA ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ y
reconocerme dicha personalidad.
SEGUNDO.- Tener
por contestada, en los términos de este escrito, demanda presentada por el señor RAYMUNDO LÓPEZ “por
opuestas las excepciones y defensas que hago valer y, en su oportunidad, dictar
laudo absolviendo a mi representada de las reclamaciones contenidas en la
demanda, de conformidad con mi escrito de contestación a la misma.”
Ciudad de
México a 09 de julio del 2020.
Protesto lo
Necesario
_______________________________________
Firma
Actividad Integradora
1. En un documento de texto, redacta un
escrito de ofrecimiento de pruebas, tomando como base el escrito seleccionado y
considerando el título catorce, en su capítulo XVII “Procedimiento ordinario
ante las juntas de conciliación y arbitraje” de la Ley Federal del Trabajo.
RAYMUNDO LÓPEZ
VS.
MARÍA
ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ Y/O TACOS HOLDING, S.A. DE C.V.
EXP.1245/2020
H JUNTA ESPECIAL NUMERO 12345 DE LA LOCAL
DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN LA CUIDAD DE MÉXICO:
JOSÉ RUBÉN MORALES SOLORIO, promoviendo con el carácter y
personería que tengo reconocidos dentro de los autos del Procedimiento Laboral
número 1234/2020, seguido ante esta H. Actuante por el C. RAYMUNDO LÓPEZ en
contra de MARÍA
ANTONIETA JIMENEZ GUTIERREZ y/o
quien resulte responsable o propietario de la Fuente de trabajo Denominada Tacos Holding, S.A. de C.V. señalando
como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho
jurídico profesional ubicado en el número ciento cincuenta y dos de la calle Veracruz en esta ciudad de México,
ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que
por medio del presente escrito venga a ofrecer las siguientes:
PRUEBAS
I.
LA CONFESIONAL A CARGO DE LA PARTE ACTORA, con el apercibimiento de que, en caso de no
concurrir, se le tendrá por confesa de las posiciones que se le articulen en el
día hora que se señalen para la audiencia respectiva, con arreglo a lo
dispuesto, en los artículos 790, 791, 792 y 794 de la Ley Federal del Trabajo.
(Relaciono esta prueba con todos y cada uno de los hechos de la demanda.)
II.
LA DOCUMENTAL PRIVADA, que se hace consistir en
contrato individual de trabajo celebrado entre la persona moral que represento
y el actor, constante de 4 fojas útiles, a efecto de acreditar las condiciones
de trabajo, en el que se aprecia entre otras casas, la jornada laboral
(horario) que tenía, solicitando la ratificación de contenido y firma por parte
de la actora al momento en que absuelva posiciones por principio de economía
procesal, para el indebido caso de que el mismo fuera objetado en cuanto
autenticidad de contenido y firma se ofrece la pericial CALIGRAFICA,
GRAFOSCOPIA GRAFOMETRICA.
III.
LA DOCUMENTAL PRIVADA, que se hace consistir en
la impresión de un archivo en formato de Excel que se crea día con día a través
del reloj checador digital, donde el actor registraba su hora de entrada y de
salida, con el cual se puede apreciar que no existen adeudos por tiempo
extraordinario.
IV.
LA DOCUMENTAL PRIVADA, que se hace
consistir en el comprobante de depósito al número de cuenta 1234 1234 1234 1234 de la institución
bancaria BANCOTE, a nombre del
actor, por concepto de liquidación conforme a la ley, de fecha el 22 de junio
de 2020 y sin que le quedará pendiente
de pago prestación alguna.
V.
LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES consistente en
todas las deducciones lógico jurídicas que de autos se deriven solo en aquella
parte que beneficie los intereses que represento.
Por lo
antes expuesto, pido se sirva:
ÚNICO.-
Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, por ofrecidas las
pruebas que en el mismo se contienen y en su oportunidad admitirlas y proveer
lo conducente para su desahogo por estar ofrecidas conforme a derecho.
Ciudad de México a 09 de julio del 2020.
Protesto lo Necesario
_______________________________________
Firma
Referencias.
Online
Abogado, T.
(2018). Derecho Mexicano. Obtenido de http://derechomexicano.com.mx/contestacion-de-demanda-laboral/
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